Gobierno emite siete decretos para financiar emergencia por lluvias en ocho departamentos
Siete decretos para emergencia por lluvias en ocho departamentos

Gobierno Nacional activa medidas económicas para enfrentar emergencia por lluvias

En respuesta a la crítica situación generada por las intensas lluvias e inundaciones que afectan a ocho departamentos colombianos, el Gobierno Nacional ha expedido siete decretos con el objetivo específico de financiar la atención de esta emergencia climática. Los documentos fueron firmados durante la noche del jueves 12 de marzo de 2026, justo antes del vencimiento del decreto que declaró originalmente la emergencia económica.

Departamentos beneficiados y destino exclusivo de recursos

Los recursos recaudados mediante estas medidas tendrán como destino exclusivo la atención de las personas afectadas en ocho departamentos: Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. La emergencia ha sido particularmente devastadora en estas regiones, donde corregimientos y veredas enteras han quedado sumergidas bajo el agua, afectando gravemente a animales y cultivos agrícolas.

Detalle de los siete decretos emitidos

Las medidas adoptadas por el Ejecutivo buscan ampliar las estrategias iniciales y proponer nuevas herramientas para incrementar el recaudo fiscal y financiar adecuadamente la atención de la emergencia.

  1. Amnistías tributarias: Beneficio para contribuyentes en mora con la Dian, incluyendo rebajas en sanciones e intereses para quienes regularicen sus obligaciones fiscales. También permite declarar bienes no legalizados previamente.
  2. Extensión del impuesto al patrimonio e IVA a juegos en línea: Se extiende el impuesto al patrimonio a empresas internacionales que operen en Colombia con patrimonio superior a 200.000 UVT. Además, se reactiva el IVA del 16% para juegos de azar en internet.
  3. Facultades especiales para mandatarios regionales: Gobernadores y alcaldes de regiones afectadas podrán imponer nuevos tributos o realizar traslados presupuestales para atender la emergencia.
  4. Regulación de devolución de IVA a diplomáticos: Establece el procedimiento para devolución del IVA e Impuesto Nacional al Consumo a funcionarios diplomáticos y misiones reconocidas en el país.
  5. Servicios públicos para damnificados: Ordena la prestación continua de servicios públicos domiciliarios de gas y energía a afectados, con supervisión de la Superintendencia de Servicios Públicos para evitar suspensiones.
  6. Adición de $8 billones al Presupuesto General: Recursos extraordinarios para rehabilitación temprana, educación, y reconstrucción de carreteras y puentes destruidos.
  7. Fondo Nacional de Garantías respaldará créditos: Garantizará hasta el 90% de nuevos créditos no superiores a 120 salarios mínimos, con tasas que no excedan el Indicador Bancario de Referencia más 6 puntos porcentuales.

Contexto y justificación de las medidas

El Gobierno considera insuficiente el recaudo estimado inicial de 8 billones de pesos para atender la emergencia, especialmente cuando los 668.421 millones originalmente destinados a desastres no alcanzan para cubrir las necesidades actuales. La emergencia económica se ha convertido en una herramienta recurrente para enfrentar afugias presupuestales derivadas de desastres naturales.

La publicación de estos decretos ocurrió pocas horas antes del vencimiento del decreto que declaró inicialmente la emergencia económica, demostrando la urgencia con que el Ejecutivo aborda esta crisis humanitaria y ambiental que afecta a miles de colombianos en ocho departamentos del país.