La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que cerca de 7 millones de personas naturales deberán presentar este año la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al año gravable 2025. Los vencimientos comenzarán el 12 de agosto y terminarán el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Calendario de declaración de renta 2026
De acuerdo con la Dian, los plazos para presentar la declaración de renta de personas naturales se organizarán entre agosto, septiembre y octubre. El orden dependerá de los dos últimos dígitos del NIT de cada contribuyente, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Los primeros vencimientos serán en agosto. El calendario iniciará el 12 de agosto para los NIT terminados en 01 y 02. Luego avanzará de manera progresiva durante ese mes hasta llegar al 31 de agosto, fecha asignada para los contribuyentes cuyos últimos dígitos sean 25 y 26.
En septiembre continuará el calendario para los NIT terminados entre 27 y 66. Ese mes, los vencimientos comenzarán el 1 de septiembre, para los contribuyentes con terminación 27 y 28, y se extenderán hasta el 28 de septiembre, cuando deberán declarar quienes tengan NIT finalizado en 65 y 66.
La última etapa será en octubre. Ese mes deberán presentar la declaración los contribuyentes con NIT terminados entre 67 y 00. Los vencimientos empezarán el 1 de octubre para las terminaciones 67 y 68, y concluirán el 26 de octubre para los NIT finalizados en 99 y 00.
Quiénes deben presentar declaración de renta
La Dian recordó que no todas las personas naturales están obligadas a declarar renta. Para determinarlo, los contribuyentes deben revisar si cumplen alguna de las condiciones establecidas para el año gravable 2025, relacionadas con patrimonio, ingresos, consumos, compras, consignaciones o responsabilidad frente al IVA.
Entre los criterios señalados por la entidad está haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2025. También deberán declarar quienes hayan tenido un patrimonio bruto superior a 4.500 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a $224.096.000 al cierre del año pasado.
Otro criterio aplica para quienes registraron ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT durante 2025, es decir, $69.719.000. Ese mismo tope también se tendrá en cuenta para consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos totales, así como consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas durante el año.
Dian recomienda no esperar hasta el vencimiento
La entidad aclaró que las fechas publicadas corresponden al plazo máximo para cumplir con la obligación. Sin embargo, recomendó presentar la declaración antes del vencimiento asignado, con el fin de evitar contratiempos que puedan derivar en multas o sanciones.
Para facilitar el proceso, la Dian habilitó el programa “Ayuda renta”, una herramienta que permite elaborar un borrador de la declaración. Además, informó que la información exógena estará disponible en las próximas semanas y hará parte del kit de herramientas dispuesto para los contribuyentes.
La administración tributaria también puso en marcha un micrositio web con videos, tutoriales, instructivos y programación de capacitaciones en el territorio nacional. A esto se suma un ciclo de 10 transmisiones en vivo por redes sociales, iniciado el 17 de junio y previsto hasta agosto, todos los miércoles a las 3:00 p. m.
Las sesiones son orientadas por expertos en temas tributarios y abordan asuntos como quiénes están obligados a declarar, cómo se calculan los impuestos, el uso de la herramienta Ayuda Renta, dudas frecuentes y protección de la información durante la temporada. Con este calendario, los contribuyentes podrán revisar su fecha límite y preparar con anticipación la declaración correspondiente al año gravable 2025.



