La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció que ajustará sus procesos para cumplir la orden de la Corte Constitucional que obliga a devolver parte de los impuestos cobrados durante la emergencia económica de finales de 2025. La decisión se desprende de la Sentencia C-079 de 2026, que tumbó el decreto tributario expedido en ese momento.
“La Entidad procederá a estudiar de manera integral el alcance de la decisión y adoptará las medidas administrativas y operativas necesarias posibles para dar cumplimiento”, señaló la DIAN. El origen del asunto está en el decreto que buscaba financiar gastos urgentes tras la declaratoria de emergencia. La Corte lo declaró inconstitucional, y en cadena cayeron las medidas tributarias.
Los magistrados ordenaron que “los impuestos directos que fueron modificados o se hayan causado no sean objeto de declaración, liquidación o cobro”, y que “se devuelvan los que se hayan pagado anticipadamente”. La devolución de impuestos indirectos deberá ejecutarse en un máximo de 30 días desde la notificación de la sentencia, usando mecanismos existentes o creando uno específico si hace falta.
No todo el recaudo entra en la devolución. Durante la vigencia del decreto se recogieron cerca de COP 1,6 billones, pero la mayor parte provino de alivios tributarios para morosos. La orden apunta a rubros específicos: el impuesto del 1 % a exportaciones de carbón e hidrocarburos, que dejó unos COP 23.800 millones, y el IVA adicional a licores importados, con cerca de 1.200 millones. En total, 25.000 millones.
Los magistrados establecieron que “se mantengan incólumes las situaciones jurídicas consolidadas” de quienes accedieron a beneficios mientras el decreto estuvo vigente. La DIAN afirmó que “reafirma su compromiso con la seguridad jurídica, la transparencia y el respeto de las decisiones de la alta corte”.



