Tribunal revoca absolución y condena a 39 años al primo de Salvatore Mancuso por masacre de La Gabarra
Condenan a 39 años al primo de Mancuso por masacre paramilitar

Condena histórica por masacre paramilitar en el Catatumbo

En un fallo judicial de gran trascendencia, el Tribunal Superior de Cúcuta ha revocado la sentencia absolutoria que beneficiaba a Domenico Antonio Mancusi Hoyos, primo del conocido exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, y en su lugar lo ha condenado a 39 años de prisión por su participación en los homicidios agravados cometidos durante la incursión paramilitar en La Gabarra, Catatumbo.

El papel determinante como enlace criminal

La Sala Segunda Penal de Decisión, con ponencia del magistrado Juan Carlos Conde Serrano, determinó que existen pruebas contundentes que responsabilizan a Mancusi Hoyos como coautor impropio en la muerte de 12 personas. La decisión se produjo tras la apelación interpuesta por el abogado Tito Augusto Gaitán, quien logró demostrar la participación activa del acusado.

Según el tribunal, la responsabilidad de Mancusi Hoyos no radica en la ejecución directa de los homicidios, sino en su papel estratégico dentro de la estructura criminal. La Sala concluyó que actuó como enlace y coordinador entre el Bloque Catatumbo de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y miembros de la Fuerza Pública, facilitando el ingreso y desplazamiento de los paramilitares sin oposición alguna.

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La reconstrucción de los hechos sangrientos

De acuerdo con la reconstrucción de la Fiscalía, el 29 de mayo de 1999 integrantes del Bloque Catatumbo incursionaron en el municipio de Tibú, Norte de Santander. Tras instalar retenes y desplazarse hacia las veredas Socavó y Carbonera, en el corregimiento de La Gabarra, los paramilitares retuvieron y asesinaron a varios campesinos, a quienes señalaron de colaborar con la guerrilla.

Las pruebas documentales, incluidas actas de inspección a cadáver, dan cuenta de la muerte violenta de al menos 12 personas en esa incursión y en días posteriores. El tribunal enfatizó que las víctimas fueron asesinadas en condiciones de total indefensión.

Testimonios clave que sustentan la condena

Uno de los elementos centrales de la sentencia fue la versión libre del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez, quien identificó a su primo —conocido con los alias de Lucas o 'David'— como una persona de su entera confianza, con capacidad de decisión dentro de la organización.

Según esa declaración, Mancusi Hoyos fue el encargado de coordinar reuniones con altos mandos militares y del DAS en Norte de Santander, con el propósito de articular acciones que permitieran la incursión armada. "Era el encargado de servir de enlace y coordinador con los altos mandos militares y del DAS Norte de Santander", se lee en la sentencia.

La decisión judicial también se apoya en el testimonio de Mauricio Llorente Chávez, quien para la época era mayor del Ejército y comandante del Batallón de Contraguerrillas Héroes de Saraguro. El oficial afirmó haberse reunido personalmente con alias David, con el objetivo específico de coordinar la inmovilización de las tropas bajo su mando en Tibú y La Gabarra para permitir el paso de los paramilitares.

Integración orgánica en la estructura criminal

A estas declaraciones se suman versiones de exintegrantes del Bloque Catatumbo, como Giovanny Velásquez Zambrano, Armando Alberto Pérez Betancourt y otros testigos, quienes coincidieron en señalar a Mancusi Hoyos como coordinador, financiero y enlace con autoridades.

El tribunal determinó que estos testimonios permiten concluir que no era un colaborador marginal, sino un miembro orgánico con funciones estratégicas dentro de la estructura, con capacidad de mando y participación en decisiones. Su función principal era el manejo de las finanzas y la supervisión de actividades de narcotráfico, además de tener conocimiento de oídas que sus labores eran de coordinación con oficiales de alto mando.

Contribución esencial a la masacre

La Sala determinó que su aporte fue determinante: "abrir el camino" mediante la coordinación con miembros de la Fuerza Pública para evitar que se interfiriera en la incursión paramilitar. Ese rol, según el fallo, fue esencial para que el Bloque Catatumbo pudiera desplegarse en la zona y cometer los homicidios.

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"Al haberse concertado para la incursión paramilitar, conocía y aceptaba que el control territorial se lograría mediante el terror y la muerte de civiles", señala el documento judicial. "Su contribución fue esencial ya que sin la neutralización de las Fuerzas Armadas que él gestionó, el Bloque Catatumbo de las AUC no habría logrado desplegarse ni asesinar a las víctimas".

Consecuencias jurídicas y situación actual

El tribunal concluyó que no se acreditó ninguna causal de ausencia de responsabilidad penal y que se cumplen todos los requisitos para condenarlo por homicidio agravado. Con esta decisión, se deja sin efecto la absolución previa y se establece responsabilidad penal por su participación en uno de los episodios más graves de la violencia paramilitar en el Catatumbo.

Domenico Antonio Mancusi Hoyos, primo de Salvatore Mancuso y con doble nacionalidad colombo-italiana, se encuentra actualmente en Italia. La sentencia representa un avance significativo en la búsqueda de justicia para las víctimas de este capítulo oscuro de la historia colombiana.