Congresista del Atlántico condenado a más de ocho años por agresión sexual
La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha impuesto una sentencia de 102 meses de prisión al representante a la Cámara por el Atlántico Modesto Enrique Aguilera Vides, miembro del partido Cambio Radical, tras declararlo culpable del delito de acto sexual violento contra una joven en un establecimiento hotelero de Barranquilla.
Los hechos que llevaron a la condena
Según el fallo judicial emitido por la Sala Especial de Primera Instancia, los eventos ocurrieron en noviembre de 2020, cuando la víctima fue invitada a lo que parecía ser una reunión política en un hotel de la capital del Atlántico. La investigación estableció que la joven fue llevada al lugar por un familiar y posteriormente quedó a solas con el congresista.
El tribunal detalló en su sentencia que "el procesado la sujetó, la besó en el cuello y le realizó tocamientos, además de practicar actos de onanismo en su presencia, sin que mediara consentimiento de ella". La Corte enfatizó que el testimonio de la víctima resultó fundamental para reconstruir los hechos, respaldado por elementos de corroboración que permitieron acreditar tanto la materialidad del delito como la responsabilidad penal del representante.
Enfoque de género y abuso de poder
La decisión judicial se tomó bajo un enfoque de perspectiva de género, criterio que permitió valorar adecuadamente las circunstancias de la agresión y el contexto de poder en el que ocurrió. La Sala concluyó que la magnitud del daño trascendió la integridad sexual para impactar el proyecto de vida de la víctima y su familia, provocando fractura del tejido familiar y afectación psicológica que requirió intervención profesional.
La Corte agravó la pena considerando específicamente el uso de la posición de poder por parte del congresista, señalando que este escenario de victimización múltiple evidenció consecuencias profundas y difíciles de reparar, lo que justificó una sanción más severa.
Medidas adicionales y nuevas investigaciones
Además de la pena de prisión, la Corte ordenó al congresista pagar una indemnización equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, por concepto de perjuicios morales. El tribunal negó tanto la suspensión condicional de la ejecución de la pena como la prisión domiciliaria, por lo que el representante deberá cumplir la condena en un establecimiento carcelario.
La Sala también ordenó expedir orden de captura inmediata contra Aguilera Vides para que cumpla la pena. Paralelamente, durante el proceso judicial surgieron indicios que llevaron a la Corte a compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para investigar la posible responsabilidad de Jonathan Enrique Torregrosa Viana, primo de la víctima que la llevó al hotel.
Según la Corte, en el expediente aparecen evidencias de una posible manipulación de información en el registro de personas que ingresaron al hotel, lo que habría ocurrido en la época en la que Torregrosa Viana habría tenido acercamientos con la gerencia del establecimiento.
