Consejo de Estado aclara fundamentos de suspensión del decreto de salario mínimo
El presidente del Consejo de Estado, magistrado Alberto Montaña Plata, explicó en entrevista exclusiva con EL TIEMPO los alcances de la decisión de suspender provisionalmente el decreto del salario mínimo, desmintiendo interpretaciones políticas que han circulado en el debate público.
Falta de consideración de parámetros técnicos
Montaña precisó que la suspensión no se refiere al monto del aumento ni a su proporcionalidad, sino específicamente al incumplimiento de los parámetros técnicos establecidos en la Ley 278 de 1996. Según el magistrado, cuando no hay acuerdo en el Comité Tripartito, el Gobierno puede fijar el incremento por decreto, pero debe considerar variables objetivas delimitadas taxativamente.
"El artículo 8 de la Ley 278 de 1996 establece que, si no hay acuerdo entre empleadores, trabajadores y Gobierno, este puede fijar el incremento por decreto, pero debe considerar variables objetivas delimitadas de manera taxativa, como la proyección de la inflación, el IPC del año inmediatamente anterior y el crecimiento del PIB. Lo que la providencia advierte es que esos factores no fueron debidamente considerados", afirmó Montaña.
Deslinde de valoraciones políticas
El magistrado fue enfático en señalar que el Consejo de Estado no realiza valoraciones políticas ni sociales en sus decisiones. "La única valoración que estamos obligados a hacer, conforme a la Constitución y a las leyes vigentes, es fallar en derecho, conforme al ordenamiento jurídico, sin hacer mediciones, cálculos ni pronunciamientos sobre los efectos políticos o sociales que una decisión pueda llegar a tener", declaró.
Montaña agregó que incluso se descartaron argumentos sobre la desproporcionalidad del aumento, ya que en esta etapa inicial no había elementos para concluir en ese sentido. "En otras palabras, la decisión no juzga el monto del incremento ni se pronuncia de fondo sobre su conveniencia. Lo que hace es un cotejo preliminar entre el decreto y las exigencias legales", explicó.
Contexto de tensión institucional
Estas declaraciones se producen en un contexto de creciente tensión entre ramas del poder público, donde el Gobierno ha utilizado el fallo judicial como argumento en el discurso político. El magistrado defendió el criterio jurídico de los magistrados y recalcó que no les corresponde hacer valoraciones de este tipo, aunque aceptó que las decisiones judiciales pueden ser objeto de crítica.
Durante la entrevista, Montaña también abordó otros temas relevantes:
- El concepto de salario vital y su preponderancia jurídica
- El llamado a movilizaciones que hizo el Gobierno para "defender el salario mínimo"
- Los calificativos utilizados por el Ejecutivo hacia las decisiones judiciales
- Los retos de su presidencia en el máximo órgano de lo contencioso administrativo en un año electoral
El magistrado reiteró que la función del Consejo de Estado es estrictamente jurídica y que cualquier discrepancia sobre las decisiones debe tramitarse a través de los recursos legales establecidos, no mediante confrontaciones políticas o mediáticas.
La entrevista completa con el magistrado Alberto Montaña Plata estará disponible en la edición impresa de EL TIEMPO del miércoles 18 de febrero, donde se profundizará en estos y otros aspectos relacionados con la decisión sobre el salario mínimo y el funcionamiento del Consejo de Estado en el actual contexto institucional.



