Corte Constitucional se inhibe de fallar sobre decreto de consulta popular de Petro
Corte Constitucional no falla sobre decreto de consulta de Petro

Corte Constitucional se inhibe de pronunciarse sobre polémico decreto de Petro

La Corte Constitucional de Colombia ha decidido, por unanimidad, no emitir un fallo de fondo sobre el controvertido decreto 0639 del 11 de junio de 2025, mediante el cual el presidente Gustavo Petro pretendía convocar una consulta popular nacional para ese mismo año. Esta decisión se tomó pese a que el Senado de la República había rechazado previamente dicha iniciativa, generando un intenso debate institucional.

El contexto del decreto y la respuesta del Senado

El decreto en cuestión fue expedido por el Gobierno nacional tras el hundimiento de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado. Ante este revés, el Ejecutivo, liderado por Petro, propuso convocar a una consulta popular para que la ciudadanía decidiera en las urnas sobre los puntos centrales del proyecto de reforma. Sin embargo, la plenaria del Senado también negó la convocatoria, lo que no impidió que el Gobierno mantuviera firme su decisión.

El Gobierno se apoyó en la tesis de la "excepción de inconstitucionalidad", defendida por el exministro de Justicia Eduardo Montealegre, para expedir el decreto. Este acto fue calificado por diversos sectores políticos y jurídicos como "abiertamente arbitrario", ya que marcaba la primera vez que un Gobierno convocaba una consulta popular de carácter nacional desconociendo expresamente el rechazo del Congreso.

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La derogación y su impacto en el proceso judicial

El escenario cambió radicalmente el 24 de junio de 2025, cuando el Gobierno derogó el decreto, pocos días después de que la reforma laboral reviviera en el Congreso mediante una apelación y fuera finalmente aprobada. Esta derogación fue determinante para el desenlace en la Corte Constitucional.

La Sala Plena de la Corte, integrada por nueve magistrados, consideró que se configuró la figura de "sustracción de materia", es decir, que desaparecieron los hechos que daban sustento al proceso judicial. Aunque el magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, había planteado inicialmente declarar ilegal el decreto pese a su derogación para sentar jurisprudencia, la mayoría optó por la inhibición.

Esta postura coincidió con el concepto emitido por la Procuraduría General de la Nación, que también consideró que la derogatoria hacía improcedente un pronunciamiento de fondo, evitando así un precedente legal sobre los límites del poder presidencial.

Consecuencias y debates pendientes

La decisión de la Corte Constitucional aleja un escenario potencialmente adverso para el presidente Petro y sus ministros, quienes enfrentaban la posibilidad de consecuencias jurídicas y políticas si el decreto era declarado ilegal. No obstante, el debate jurídico y político no se cierra por completo.

En paralelo, el Consejo de Estado ha abierto un expediente por tratarse de un acto administrativo, proceso que sigue en estudio y podría acumular otras demandas. Lo que estaba en juego era la posición del máximo tribunal constitucional frente a un choque institucional sin precedentes recientes, dejando abierta la discusión sobre los alcances del poder presidencial en mecanismos de participación ciudadana.

En resumen, aunque la Corte evitó un fallo que habría marcado un hito histórico, la controversia subyacente sobre los límites entre el Ejecutivo y el Legislativo permanece vigente, reflejando las tensiones políticas en la coyuntura nacional.

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