Corte Constitucional resuelve conflicto de competencias y exige coordinación entre sistemas de justicia
La Corte Constitucional ha emitido un pronunciamiento crucial que resuelve la confusión jurídica generada tras la admisión del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). A través de la sentencia C-021 de 2026, la alta corte ha exhortado formalmente a los sistemas de la JEP y de Justicia y Paz a diseñar e implementar un mecanismo de articulación efectivo que permita una colaboración armónica y comunicación permanente entre ambas jurisdicciones.
El origen del conflicto jurisdiccional
En noviembre de 2023, la JEP sorprendió al mundo jurídico colombiano al admitir a Salvatore Mancuso como sujeto "bisagra" entre el paramilitarismo y las fuerzas de seguridad del Estado. Este hecho generó una profunda confusión, dado que históricamente Mancuso había sido procesado exclusivamente por el sistema de Justicia y Paz, creado específicamente para la desmovilización paramilitar.
La Corte Constitucional resolvió una demanda radicada contra el reglamento de la JEP, que en su momento había permitido procesar a los máximos comandantes paramilitares como miembros funcionales y materialmente incorporados a la Fuerza Pública. Aunque la Corporación se declaró inhibida para pronunciarse de fondo sobre el asunto, emitió una recomendación formal de gran peso jurídico.
El exhorto de la Corte Constitucional
En un boletín de prensa oficial, la Corte Constitucional estableció claramente su posición: "La Corporación exhortó a las autoridades judiciales de la JEP y de Justicia y Paz a que diseñen e implementen un mecanismo de articulación efectivo de colaboración armónica y comunicación permanente que les permita aprovechar recíprocamente sus respectivos hallazgos y avances".
Este llamado institucional subraya la importancia de que ambos sistemas de justicia trabajen de manera coordinada, especialmente en casos complejos que involucran a figuras históricas del conflicto armado colombiano como Salvatore Mancuso, uno de los máximos comandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
Reconocimiento de decisiones previas
La Corte Constitucional también reconoció que la misma JEP ha tomado decisiones en las que se ha admitido la inviabilidad jurídica del denominado "sujeto bisagra" para asumir competencia sobre comandantes paramilitares. Entre estas determinaciones destaca especialmente el Auto 1319 de 2024, en el cual se estableció definitivamente que la competencia para procesar a Salvatore Mancuso recaía en las autoridades de Justicia y Paz, y no en la JEP.
Este reconocimiento por parte de la Corte Constitucional valida el proceso jurídico que ya había comenzado a clarificar las competencias entre ambos sistemas de justicia, aunque la confusión inicial había generado incertidumbre en el ámbito legal nacional.
La importancia del esclarecimiento de la verdad
En su análisis, la Corte Constitucional enfatizó un principio fundamental: el esclarecimiento de la verdad es, en este caso, más importante que la jerarquía por procesar a victimarios. Esta declaración establece un precedente significativo para futuros casos similares, priorizando la reconstrucción histórica y la reparación a las víctimas sobre consideraciones puramente procedimentales.
La resolución de la Corte Constitucional marca un hito en la coordinación entre los diferentes sistemas de justicia transicional en Colombia, estableciendo un marco claro para la colaboración futura entre la JEP y Justicia y Paz en casos que involucren a actores del conflicto armado con múltiples dimensiones de responsabilidad.



