Corte Suprema revoca absolución y ordena captura inmediata por abuso sexual a menor
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha emitido un fallo contundente al ordenar la captura inmediata de Kevin Andrés Sevillano Landazury, confirmando su condena por los delitos de acceso carnal violento y hurto calificado atenuado. Esta decisión judicial revoca completamente la absolución que había recibido el acusado en segunda instancia, restableciendo la sentencia inicial de 154 meses de prisión.
Los hechos: una oferta laboral falsa que terminó en abuso
Los eventos que llevaron a esta condena ocurrieron el 22 de febrero de 2018 en el sur de Bogotá. Sevillano Landazury contactó a una menor de edad de 17 años bajo la falsa promesa de una oferta laboral en un call center. Tras citarla en un local comercial, la condujo hacia lo que supuestamente sería el lugar de trabajo, pero durante el trayecto la amenazó con un arma de fuego y le reveló que en realidad sería prostituida.
"La llevó a un motel donde cometió el acceso carnal violento y posteriormente le hurtó sus pertenencias personales", detalla el expediente judicial. La víctima, sometida a intensa presión psicológica, no pudo resistirse ante las amenazas constantes de su agresor.
Un tortuoso proceso judicial con giro inesperado
Inicialmente, Sevillano Landazury fue condenado en primera instancia a 12 años y 10 meses de prisión (154 meses). Sin embargo, en un sorprendente giro procesal, el 26 de mayo de 2021 el Tribunal Superior de Bogotá lo absolvió y ordenó su liberación inmediata. Esta decisión motivó que tanto la Fiscalía General de la Nación como la representante legal de la víctima interpusieran un recurso de casación ante la Corte Suprema.
La fundamentación de la Corte: perspectiva de género y violencia psicológica
En su análisis, la Sala de Casación Penal encontró graves errores en la decisión de segunda instancia. Los magistrados determinaron que el tribunal que absolvió al agresor "ignoró la relevancia de la violencia moral y psicológica ejercida para doblegar la voluntad de la víctima menor de edad".
Además, la Corte identificó "sesgos sexistas y estereotipos de género" en el fallo de absolución. Particularmente criticable resultó el razonamiento que asumía que, como la adolescente no se resistió físicamente ni pidió ayuda durante el trayecto, había dado su consentimiento para las relaciones sexuales.
"Un juez no puede exigir que una víctima de abuso sexual actúe de manera determinada para creer en su testimonio", enfatizó la Sala. Los magistrados explicaron que el comportamiento de la menor -caminar con el procesado sin oponer resistencia- se explica como "una reacción automática producto del shock que le produjeron las amenazas".
Consecuencias inmediatas y lecciones del caso
La decisión de la Corte Suprema tiene efectos inmediatos:
- Revocación completa de la absolución otorgada en segunda instancia
- Restablecimiento de la condena original de 154 meses de prisión
- Orden de captura inmediata para Kevin Andrés Sevillano Landazury
- Reafirmación de la importancia de aplicar perspectiva de género en procesos penales
Este fallo establece un precedente significativo en la interpretación de casos de violencia sexual, especialmente cuando las víctimas son menores de edad. La Corte ha dejado claro que los estereotipos de género no pueden influir en las decisiones judiciales y que la violencia psicológica debe ser considerada con la misma seriedad que la física.
La sentencia también destaca la necesidad de que los operadores judiciales comprendan las dinámicas de poder en casos de abuso sexual, donde el miedo y la coerción pueden paralizar a las víctimas, impidiéndoles reaccionar de la manera que socialmente se esperaría.



