Corte Constitucional anula norma que permitía expansión de ISA en el mercado eléctrico
La Corte Constitucional de Colombia tumbó una disposición clave del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 que habría permitido a la empresa pública Interconexión Eléctrica (ISA) participar activamente en el mercado energético del país. La decisión, tomada por la Sala Plena del alto tribunal, restablece la prohibición que por más de tres décadas ha limitado las actividades de la empresa al ámbito de la transmisión de energía.
Falta de deliberación congresional como fundamento
Según la magistrada Paola Meneses, presidenta de la Corte, los demandantes cuestionaron el artículo 372 del Plan Nacional de Desarrollo por dos razones fundamentales. En primer lugar, señalaron que la modificación fue introducida de manera tardía en el trámite legislativo, sin estar presente en el texto inicial del proyecto ni haber sido debatida adecuadamente en los primeros debates del Congreso.
"El ajuste apareció en una etapa avanzada del proceso legislativo y sin un debate suficiente en la Cámara de Representantes", explicó la magistrada Meneses durante la presentación de la decisión. Esta falta de deliberación constituyó un vicio procedimental que llevó a la Corte a declarar la inexequibilidad de la norma.
Impacto en la estructura del mercado eléctrico
La segunda crítica de los accionantes se centró en el fondo de la medida. Argumentaron que la eliminación de la prohibición histórica no guardaba una relación clara con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y, más importante aún, podía alterar significativamente el funcionamiento del mercado eléctrico colombiano.
La Corte encontró que no se acreditó el estándar de deliberación y justificación exigido cuando se introducen en el Plan Nacional de Desarrollo normas que modifican legislación ordinaria, especialmente cuando se trata de artículos que derogan normas existentes con impacto directo en la estructura de mercados estratégicos como el energético.
Consecuencias prácticas de la decisión
Como resultado de esta decisión judicial:
- ISA no podrá participar en actividades de generación de energía eléctrica
- La empresa mantendrá la prohibición de incursionar en la comercialización de electricidad
- Se mantiene el veto histórico sobre la distribución eléctrica por parte de ISA
- Vuelven a aplicarse las normas anteriores que regulan la participación de la empresa en el sector
"En la práctica, esta decisión mantiene el modelo que ha regido por más de 30 años", precisó la magistrada Meneses. "ISA se concentrará exclusivamente en la transmisión de energía a través de las grandes redes del país, sin posibilidad de intervenir en otros eslabones de la cadena eléctrica".
Contexto histórico y regulatorio
Desde hace más de tres décadas, Interconexión Eléctrica (ISA) ha operado bajo restricciones específicas que limitan su participación al segmento de transmisión de energía. Esta separación funcional ha sido un pilar de la regulación del sector eléctrico colombiano, buscando evitar conflictos de interés y mantener condiciones competitivas en el mercado.
La norma tumbada por la Corte Constitucional habría representado un cambio radical en este esquema regulatorio, permitiendo a una de las empresas más importantes del sector energético nacional expandir sus operaciones hacia áreas tradicionalmente reservadas a otros actores del mercado.
La decisión judicial no solo resalta la importancia de los procedimientos legislativos adecuados, sino que también reafirma la necesidad de una deliberación exhaustiva cuando se proponen modificaciones sustanciales a la estructura de mercados estratégicos para la economía nacional.
