Corte Constitucional estudiará demanda para cambiar nombre del Coliseo 'La Fe en Dios' en Ibagué
Demanda busca cambiar nombre del Coliseo 'La Fe en Dios' en Ibagué

Batalla legal por el nombre del Coliseo 'La Fe en Dios' en Ibagué llega a la Corte Constitucional

Una cruzada judicial liderada por los periodistas Hernando Salazar Palacio y Antonio Melo Salazar busca cambiar los nombres del Coliseo Mayor 'La Fe en Dios' y del Parque Deportivo 'La Gloria de Dios' en Ibagué, capital del departamento del Tolima. Los demandantes sostienen que estas denominaciones vulneran el principio de laicidad del Estado colombiano, así como la libertad de conciencia y de culto de los ciudadanos.

El recorrido legal del caso

Los periodistas iniciaron su lucha a principios del año pasado mediante una acción de tutela presentada ante la justicia de Ibagué. Previamente, habían intentado cambiar los nombres mediante una petición formal que fue negada por la Alcaldía de Ibagué en noviembre de 2024. La administración municipal argumentó en ese momento que en Colombia se permite la coexistencia de diversas manifestaciones religiosas, incluyendo la fe católica.

Sin embargo, para Salazar y Melo, es fundamental que estos espacios públicos reflejen un carácter neutral, pluralista e incluyente, acorde con el Estado laico establecido en la Constitución de 1991. "No solo afecta a los vecinos de Ibagué, sino a cualquier persona que asista a esos escenarios deportivos que no considere los asuntos de la fe como puntos de interés de lo público", señalaron en su demanda.

Primera instancia y apoyo institucional

En febrero de 2025, el Juzgado Séptimo de Control de Garantías de Ibagué negó la tutela en primera instancia. El fallo no cuestionó la validez del argumento de los demandantes, sino que consideró que existía otra vía judicial más apropiada: una demanda ante los jueces de lo contencioso-administrativo para impugnar directamente el acto que originó los nombres.

El caso ha ganado apoyos significativos. La Asociación de Ateos de Bogotá se ha pronunciado a favor, argumentando que denominar espacios públicos con nombres relacionados con una religión específica puede interpretarse como una preferencia estatal hacia determinadas creencias, contraviniendo los principios de neutralidad y pluralidad.

"La acción de tutela no solo busca la modificación de los nombres, sino que también pretende abrir un debate público sobre la laicidad y su importancia en una sociedad democrática", explicó la asociación.

Intervención de la Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo ha dado un paso crucial al solicitar formalmente a la Corte Constitucional que estudie el expediente. A través de su dirección nacional de Recursos y Acciones Judiciales, el organismo de control argumentó que el caso tiene plena relevancia constitucional, ya que presenta un problema que involucra la interpretación directa de la Constitución Política.

Según la Defensoría, se trata de un asunto novedoso que requiere "desarrollo jurisprudencial", con el objetivo de determinar el alcance del derecho fundamental de todos los colombianos a la libertad de culto. El organismo consideró que, a través de este expediente, la Corte Constitucional puede sentar un nuevo precedente.

"La Alcaldía de Ibagué desconoció la jurisprudencia de la Corte Constitucional, pues el término 'Dios' usado en los nombres de los espacios públicos promociona la religión, lo que vulnera los principios de laicidad y neutralidad del Estado", señaló la Defensoría.

Próximos pasos y expectativas

Todas las tutelas procesadas en Colombia tienen el potencial de ser estudiadas por la Corte Constitucional después de pasar por una Sala de Selección que periódicamente elige los asuntos más novedosos o de mayor interés ciudadano. En este caso, los demandantes, la Asociación de Ateos y la Defensoría del Pueblo esperan que este expediente sea seleccionado.

De ser así, no solo se podría ordenar el cambio de nombre de los espacios públicos en Ibagué, sino que la Corte Constitucional sentaría un precedente histórico sobre la garantía del Estado laico en Colombia, un tema que sigue generando debate tres décadas después de la promulgación de la Constitución de 1991.

El caso representa un hito en la defensa de los principios constitucionales y podría establecer lineamientos claros sobre cómo deben nombrarse los bienes públicos en un Estado que se define como pluralista y laico, pero donde persisten tensiones entre tradiciones religiosas y derechos fundamentales.