Comisión de Disciplina Judicial sanciona a abogados por conductas fraudulentas en Bogotá
La respuesta es contundente y se ha convertido en un imperativo urgente para el sector legal colombiano: se requiere un mayor grado de responsabilidad en el actuar profesional. Lamentablemente, son numerosas las ocasiones en las que nos encontramos con colegas que actúan de mala fe, permeados por un criterio de aplicación de la ley absolutamente laxo y amañado, convenientemente enfocado a intereses totalmente ajenos a la justicia.
Un problema sistemático en la aplicación de normas
Esta situación es más común de lo que quisiéramos reconocer y se manifiesta a través de una aplicación e interpretación sistemáticamente distorsionada de la ley, pasando por encima de los límites establecidos y la teleología de las normas jurídicas. De igual manera, resulta frecuente encontrar que, incluso cuando se aplica la ley, esta se utiliza -al menos en apariencia- de manera adecuada, cuando en la realidad sucede exactamente lo contrario.
Se olvida constantemente que no todo lo legal es necesariamente lo correcto. En muchos casos, y en la práctica de numerosos "abogados", prima un olvido total de la ética profesional, entendida esta como lo recto, lo adecuado y lo moralmente aceptable dentro del ejercicio legal.
Fallos ejemplarizantes de la Comisión de Disciplina
Para fortuna del sistema judicial colombiano, y de manera muy acertada, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá ha emitido un fallo significativo. Bajo el juicioso trabajo de la magistrada sustanciadora, doctora Paulina Canosa Suárez, y con la participación del magistrado David Dalberto Daza, se decretó en primera instancia la exclusión del ejercicio profesional para tres abogados.
Estos profesionales del derecho, mediante argucias y triquiñuelas procesales, diseñaron y ejecutaron una serie de actos ilegales, simulaciones y trampas destinadas específicamente a evitar la prosperidad de procesos judiciales en contra de sus clientes y el legítimo cobro de acreencias. Entre sus maniobras fraudulentas se incluyó:
- Fingir la existencia de deudas que no correspondían ni a la verdad ni a la realidad fáctica
- Utilizar mecanismos aparentemente "legales" para incurrir en fraude procesal
- Defraudar no solo a la administración de justicia, sino a terceros de buena fe
- Perjudicar a la sociedad en general mediante sus actuaciones deshonestas
Un problema recurrente en la profesión legal
¿Cuántas veces nos encontramos con abogados que, lamentablemente, inducen a sus clientes a iniciar o promover procesos judiciales, sabiendo que no es lo adecuado ni lo correcto? Estos profesionales actúan con plena conciencia de que sus clientes no tienen buenos fundamentos, ni de hecho ni de derecho, todo para satisfacer torcidos intereses propios o de terceros.
Se olvidan estos abogados que a nosotros nos buscan los clientes no para armar pleitos ni problemas, no por un gran conocimiento de las teorías jurídicas abstractas, sino para solucionar conflictos y diferencias y encontrar la mejor vía para hacerlo dentro del marco legal y ético.
La facilidad del fraude versus la rectitud profesional
Buscarle el esguince a la norma, el vacío legal y la interpretación amañada no resulta especialmente difícil en muchos casos, pero definitivamente no es lo correcto. No se trata de caer en moralismos extremos ni, bajo ninguna circunstancia, afirmar ingenuamente que el abogado no debe tener habilidad, sagacidad o estrategia procesal. Sin embargo, todo debe desarrollarse dentro de unos límites claros: el decoro profesional, la decencia, la rectitud y, por supuesto, la estricta legalidad.
Falencias en la formación ética de los abogados
Es una lástima que muchas facultades de derecho en Colombia se limiten a enseñar llanamente las normas, a repetir mecánicamente lo que dicen los códigos, y no enseñen a cuestionar, a pensar adecuadamente, a actuar con ética en todas las circunstancias. En la gran mayoría de las facultades del país, las clases de ética profesional -si es que existen- son consideradas "la costura" o "el paseo" académico, cuando actuar de manera adecuada, de buena fe y con máxima ética debe constituir la esencia fundamental de un buen vivir en sociedad.
Esperanza en las nuevas regulaciones y controles
Afortunadamente, en la actualidad, las normas de compliance y las actuaciones de autoridades disciplinarias, tales como la que hemos mencionado de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, reivindican la necesidad del buen obrar, del recto proceder profesional. Hay que decirlo claramente: a la larga, la conducta ética termina siendo más rentable en todos los aspectos, incluso en el económico, para quienes nos movemos en estos campos del derecho y la justicia.
Este fallo representa un mensaje contundente para toda la comunidad legal colombiana: las conductas fraudulentas y antiéticas tendrán consecuencias severas, y la profesión debe recuperar su esencia como garante de justicia y rectitud en la sociedad.



