General Santoyo pierde beneficios de la JEP y enfrentará justicia ordinaria
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha tomado una decisión histórica al expulsar oficialmente al general retirado Mauricio Alfonso Santoyo Velasco de su sistema de justicia transicional. La Sala resolvió revocar el beneficio de sometimiento que le había sido concedido, ordenando que todos sus procesos regresen a la justicia ordinaria colombiana.
Incumplimiento del régimen de condicionalidad
La determinación judicial se fundamenta en la conclusión de que Santoyo no contribuyó de manera efectiva a la verdad plena ni cumplió con el régimen de condicionalidad exigido por el sistema de justicia transicional. Esta decisión implica la aplicación del artículo 63 de la Ley 1957 de 2019, que establece la reversión de investigaciones penales a la jurisdicción ordinaria cuando no se cumplen los requisitos de la JEP.
La Fiscalía General de la Nación retomará ahora los procesos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario que se le atribuyen al exgeneral. Entre estos casos se encuentran investigaciones sobre desaparición forzada y otras conductas delictivas durante su paso como comandante del Gaula Urbano de Medellín entre 1997 y 2001.
Contradicciones en sus declaraciones
Uno de los aspectos más relevantes que la JEP destacó en su decisión fue la contradicción evidente en las declaraciones de Santoyo ante diferentes tribunales. Mientras que en Estados Unidos aceptó responsabilidad por conspiración para proveer apoyo material a una organización terrorista extranjera (las Autodefensas Unidas de Colombia), ante la JEP negó esos mismos hechos.
En la audiencia de verificación del IIRC celebrada el 20 de noviembre de 2025, Santoyo afirmó que firmó el acuerdo de culpabilidad en Estados Unidos "por estrategia de la defensa" y que no tenía hechos específicos adicionales que aportar. Esta postura fue considerada por la Sala como incompatible con los fines de la transición y como un claro incumplimiento del régimen de condicionalidad.
Procesos pendientes en Colombia
En el ámbito nacional, la justicia ordinaria procesa a Santoyo por hechos relacionados con su labor al mando del Gaula Urbano de Medellín. Según el escrito de acusación, esta unidad habría controlado y dirigido interceptaciones ilegales, incluyendo aquellas practicadas contra la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Asfaddes).
La Fiscalía señaló en una decisión del 25 de septiembre de 2024 que distintos declarantes describieron las relaciones estratégicas y el poder de mando ejercido por Santoyo, equiparándolo con comandantes paramilitares que operaron en Medellín y Antioquia desde 1996. Estas actividades coinciden con el periodo en que se habrían realizado las interceptaciones ilegales que ahora son objeto de investigación.
Consecuencias inmediatas de la decisión
La Sala de la JEP no solo revocó el beneficio transicional de sometimiento, sino también el beneficio de privación de la libertad en unidad policial o militar (PLUMP) que le había sido concedido. La orden judicial establece que Santoyo debe ser puesto a disposición de la Fiscalía 56 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá D.C. para continuar con el proceso No. 10179, actualmente en etapa de acusación.
La determinación se adopta en cumplimiento de la medida de aseguramiento de detención preventiva impuesta el 26 de abril de 2019, que incluye orden de captura vigente. Una vez que la decisión quede en firme, las autoridades deberán coordinar su traslado a un centro de reclusión conforme a lo dispuesto por la autoridad judicial competente.
Regreso completo a la justicia ordinaria
Con esta expulsión de la JEP, el general retirado Santoyo regresa por completo al ámbito de la justicia ordinaria colombiana, donde deberá enfrentar todos los procesos por las conductas que se le atribuyen en el marco del conflicto armado. Esta decisión marca un precedente importante sobre las consecuencias de no cumplir con los requisitos de verdad y colaboración exigidos por el sistema de justicia transicional.
La JEP enfatizó que, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional, tratándose de miembros de la Fuerza Pública, la suspensión de procesos ordinarios exige que la Fiscalía lleve las investigaciones hasta su culminación y que el caso ingrese a etapa de juzgamiento. Este principio ha sido aplicado rigurosamente en el caso de Santoyo, quien ahora deberá responder ante la justicia ordinaria por las graves acusaciones que pesan sobre él.



