Tribunal Superior de Castilla y León revoca indemnización fijada en caso de agresión sexual a menor
Tribunal revoca indemnización en caso de agresión sexual a menor

Resolución judicial modifica aspectos civiles en caso de agresión sexual a menor

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha acogido el recurso de apelación presentado por un hombre condenado por la Audiencia Provincial de Salamanca por un delito de agresión sexual contra una niña de 10 años. La decisión judicial mantiene intacta la condena penal pero revoca la determinación de la responsabilidad civil, ordenando que la cuantía de la indemnización se establezca durante la fase de ejecución de la sentencia.

Condena penal se mantiene sin cambios

La Sala del TSJCyL ha confirmado la condena penal impuesta al acusado, que incluye un año de prisión, ocho años de alejamiento y siete años de libertad vigilada. Sin embargo, ha corregido varios aspectos formales y de fondo relacionados con el acuerdo de conformidad alcanzado durante el proceso.

El tribunal ha determinado que la Audiencia Provincial se extralimitó al fijar en 10.000 euros la indemnización a la víctima, cuando durante la vista de conformidad todas las partes habían acordado posponer esta determinación a la fase de ejecución. El análisis del vídeo de la audiencia preliminar demostró que no existió conformidad sobre la cuantía específica de la indemnización.

Análisis detallado del procedimiento

El TSJCyL examinó minuciosamente las actuaciones procesales y constató que:

  • El Ministerio Fiscal aceptó aplicar atenuantes por reparación del daño y confesión, basándose en la consignación de 10.000 euros, pero dejó la concreción de la indemnización al acuerdo entre acusación particular y defensa.
  • La acusación particular reiteró su petición de 10.000 euros, pero aceptó expresamente diferir la cuantía a la fase de ejecución.
  • La defensa negó cualquier acuerdo sobre responsabilidad civil y solicitó que se fijara en momento posterior.
  • El presidente del tribunal confirmó durante la vista que tanto la responsabilidad civil como la suspensión de la pena se resolverían en ejecución.

Estos elementos evidenciaron para el tribunal superior que no existió acuerdo sobre la indemnización y que, por tanto, la Audiencia Provincial no podía fijarla en su sentencia.

Corrección de errores formales

La Sala también ha eliminado varios párrafos de la sentencia de instancia que contenían imprecisiones, incluyendo atribuciones erróneas sobre:

  1. Que la resolución se dictó 'in voce' (verbalmente)
  2. Que las partes renunciaron a recurrir
  3. Que se abonaría un tiempo de prisión provisional inexistente

El tribunal ha considerado que se trata de "errores por arrastre informático" sin relación con lo sucedido en el procedimiento, destacando la importancia de la precisión técnica en las resoluciones judiciales.

Hechos probados y reconocimiento del acusado

La revocación afecta únicamente al apartado civil de la sentencia. La condena por agresión sexual a menor de 16 años se mantiene sin cambios, basada en hechos probados que describen besos forzados, tocamientos y un intento de llevar a la niña a un cuarto apartado.

El acusado reconoció los hechos durante el juicio y aceptó las penas solicitadas, lo que constituyó un elemento relevante en el procedimiento. La agresión sexual contra la menor de 10 años quedó plenamente acreditada en el proceso judicial.

Próximos pasos procesales

Con esta resolución, la cuantía de la indemnización a la víctima se fijará durante la fase de ejecución de sentencia, donde las partes podrán aportar documentación y alegaciones específicas sobre los daños económicos sufridos.

Contra la resolución del TSJCyL cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque la sentencia mantiene firme la condena penal por el delito de agresión sexual. El proceso judicial continúa su curso con esta modificación en el aspecto civil, mientras se preservan las garantías procesales de todas las partes involucradas.