Propietario de bar enfrenta condena penal por ruidos excesivos desde terraza
Un tribunal de la ciudad de Sevilla ha dictado una sentencia condenatoria contra el dueño de un establecimiento de hostelería ubicado en la localidad de Estepa, por incurrir en un delito contra el medio ambiente en concurrencia con otros dos delitos de lesiones. La resolución judicial, a la que ha accedido la agencia EFE este miércoles, establece una pena de un año y cuatro meses de prisión, acompañada de una multa económica y la inhabilitación para ejercer cualquier actividad relacionada con la hostelería.
Permisividad con aglomeraciones y excesos sonoros
El fallo judicial considera plenamente probado que el acusado permitió de manera habitual, especialmente durante los fines de semana, que los clientes de su negocio salieran al exterior con sus consumiciones, ocupando no solo los cinco veladores para los que disponía de licencia municipal, sino también las zonas adyacentes a dicha estructura. Esta práctica generaba concentraciones de personas que en ocasiones alcanzaban alrededor de un centenar de individuos aglomerados frente al local, consumiendo bebidas adquiridas en el bar.
La situación generaba ruidos de considerable intensidad, incluyendo voces elevadas, cantos, bailes y taconeos sobre la tarima de la terraza, que se propagaban hacia las viviendas colindantes superando ampliamente los límites permitidos por la normativa municipal sobre contaminación acústica. Según detalla explícitamente la resolución judicial, "por su intensidad, frecuencia y horario estos ruidos han afectado gravemente a la salud de los vecinos, a su descanso nocturno y a su tranquilidad en la vida diaria".
Incumplimientos horarios y afectaciones a la salud
Las molestias ocasionadas por la contaminación acústica se vieron agravadas adicionalmente por el reiterado incumplimiento del horario de cierre permitido, situación que fue constatada en numerosas ocasiones por los propios vecinos afectados y que posteriormente fue verificada por la Policía Local durante una inspección realizada en octubre de 2016 durante la madrugada.
La sentencia recoge que los residentes de la zona, quienes han formulado numerosas denuncias por los ruidos procedentes de la terraza del bar, presentan un cuadro clínico compatible con trastorno adaptativo como consecuencia directa de la exposición continuada a los ruidos generados. Como parte del tratamiento médico recibido, varios vecinos han necesitado terapia psicofarmacológica que incluye la administración de ansiolíticos para mitigar los efectos del estrés crónico provocado por la situación.
Dilación procesal de más de nueve años
Un aspecto destacado por el tribunal en su resolución es la significativa dilación temporal del proceso judicial. Desde que los hechos ocurrieron inicialmente en el año 2016 hasta su enjuiciamiento efectivo durante los meses de noviembre y diciembre de 2025, han transcurrido más de nueve años completos. El propio órgano judicial señala en su fallo que "ni la naturaleza ni la complejidad del procedimiento justifican dicha tardanza" en la resolución del caso.
Esta sentencia establece un precedente significativo en materia de responsabilidad penal por contaminación acústica generada desde establecimientos de hostelería, reconociendo explícitamente el impacto directo que este tipo de perturbaciones sonoras pueden tener sobre la salud física y mental de las personas residentes en zonas colindantes.