Corte Constitucional frena impuesto al patrimonio a entidades sin ánimo de lucro
Corte Constitucional frena impuesto al patrimonio a entidades sin ánimo de lucro

La Corte Constitucional de Colombia ha dado un primer revés al Gobierno en el marco de la segunda emergencia económica, al suspender temporalmente el impuesto al patrimonio que se pretendía aplicar a las entidades sin ánimo de lucro. La decisión fue tomada por la Sala Plena del tribunal, que consideró que la medida podría vulnerar derechos fundamentales y principios constitucionales.

El impuesto, que había sido incluido en el decreto legislativo de la emergencia, buscaba gravar el patrimonio de fundaciones, asociaciones y otras organizaciones sin fines de lucro. Sin embargo, los magistrados determinaron que la iniciativa no cumplía con los requisitos de necesidad y proporcionalidad exigidos para este tipo de medidas excepcionales.

La demanda fue interpuesta por varios sectores de la sociedad civil, que argumentaron que el impuesto afectaría gravemente la labor social de estas entidades, muchas de las cuales dependen de donaciones y recursos propios para operar. La Corte acogió los argumentos y ordenó la suspensión provisional del tributo mientras se estudia su constitucionalidad.

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El Gobierno nacional había defendido la medida como necesaria para recaudar fondos destinados a atender la crisis derivada de la pandemia. No obstante, la decisión de la Corte representa un obstáculo significativo para sus planes fiscales. Se espera que en las próximas semanas se defina el futuro del impuesto, en medio de un intenso debate jurídico y político.

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