Unión Europea declara a Colombia como 'país seguro' y dificulta solicitudes de asilo
UE declara a Colombia 'país seguro' y restringe asilo

Unión Europea establece nueva normativa migratoria que afecta a ciudadanos colombianos

En una decisión que marca un punto de inflexión en las políticas migratorias europeas, el Parlamento Europeo aprobó este martes 10 de febrero de 2026 una serie de modificaciones normativas que incluyen a Colombia en la lista de "países de origen seguros", lo que dificultará significativamente las solicitudes de asilo de ciudadanos colombianos en territorio europeo.

Cambios fundamentales en la legislación europea

La nueva normativa, que fue respaldada por el Parlamento Europeo, establece parámetros más estrictos para la designación de países seguros y modifica la legislación sobre el retorno de migrantes. Magnus Brunner, comisario europeo de Seguridad Interior y Migración, destacó que "la UE ha cumplido" con este voto que otorga a los Estados miembros "una mayor flexibilidad en la cooperación con los países socios, alivia la presión sobre nuestros sistemas de asilo y refuerza el control sobre la migración".

La lista aprobada incluye, además de Colombia, a países como Bangladés, Egipto, Kosovo, India, Marruecos y Túnez, todos considerados ahora como naciones de origen seguro según los criterios europeos.

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Implicaciones para los colombianos que buscan asilo

Según los documentos oficiales de la Unión Europea, aunque ningún Estado miembro designaba previamente a Colombia como país de origen seguro a nivel nacional, y la tasa de reconocimiento de asilo para solicitantes colombianos fue del 5% en 2024, la nueva clasificación se basa en varios factores:

  • Colombia ha ratificado los principales instrumentos internacionales de derechos humanos
  • La Constitución de 1991 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional establecen sólidas garantías de derechos humanos
  • Existe separación de poderes en el país
  • Colombia no extradita o deporta a personas a países de alto riesgo que aprueben tortura, persecución, tratos inhumanos o pena de muerte

Nuevos criterios para el rechazo de solicitudes

Con los cambios normativos, las solicitudes de asilo podrán rechazarse de manera exprés en los siguientes casos:

  1. Cuando el solicitante tenga un vínculo directo con uno de los países considerados "seguros"
  2. Si durante su tránsito hacia Europa pasó por un país seguro sin solicitar asilo en ese territorio
  3. Cuando exista un acuerdo vigente entre la Unión Europea y el país seguro para el retorno del solicitante

La Unión Europea fundamenta su decisión señalando que "en general, no existe riesgo de daños graves en Colombia en el sentido del artículo 15 del Reglamento (UE) 2024/1347, excepto en zonas rurales específicas sin presencia integral del Estado". Además, destaca que "la pena de muerte está prohibida por la Constitución colombiana" y que "su marco jurídico, que prohíbe la tortura y los tratos o penas inhumanos o degradantes, se ajusta a los estándares internacionales".

El documento europeo concluye que "no existe una amenaza generalizada de violencia indiscriminada en situaciones de conflicto armado internacional o interno" y que "en general, no existe persecución en el país en el sentido del artículo 9 del Reglamento (UE) 2024/1347".

Esta decisión representa un cambio significativo en el tratamiento de las solicitudes de asilo de ciudadanos colombianos en Europa, estableciendo nuevos criterios que podrían afectar a miles de personas que buscan protección internacional en el continente europeo.

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