Bogotá adopta nueva regulación para venta ambulante en espacio público
La capital colombiana ha implementado un marco normativo renovado para regular la venta informal en el espacio público mediante el Decreto 117 de 2026, establecido por la Alcaldía Mayor. Esta normativa define criterios específicos, zonas autorizadas y garantías fundamentales con el objetivo primordial de ordenar la ciudad, optimizar la movilidad urbana y fortalecer la convivencia ciudadana, sin desconocer el derecho al trabajo de miles de vendedores ambulantes que desarrollan sus actividades en las calles bogotanas.
Claves fundamentales del nuevo decreto distrital
La estrategia distrital busca organizar, recuperar y preservar el espacio público, garantizando condiciones adecuadas de seguridad, tránsito fluido y disfrute ciudadano. La implementación de esta norma responde a la necesidad de proteger el interés general, reducir riesgos asociados a la ocupación desordenada y facilitar el acceso universal, con especial atención a las personas con discapacidad que requieren movilidad sin obstáculos.
La aplicación concreta del decreto establece zonas específicas donde la venta informal está permitida bajo regulación estricta y otras áreas donde no se autoriza por razones de seguridad pública o fluidez del tránsito vehicular y peatonal. Además, se actualizan los procedimientos administrativos para recuperar el espacio público ocupado indebidamente y se promueve el trabajo coordinado entre diversas entidades distritales.
Derechos reconocidos y actividades prohibidas
El decreto respeta escrupulosamente el debido proceso administrativo, reconoce la dignidad humana de los vendedores ambulantes y promueve activamente alternativas económicas sostenibles. Simultáneamente, busca evitar acciones arbitrarias en los operativos de control que realizan las autoridades.
En cuanto a las actividades permitidas y prohibidas, la normativa autoriza el uso regulado del espacio público y el aprovechamiento autorizado mediante permisos específicos. Por el contrario, se prohíbe terminantemente la ocupación indebida sin autorización, el bloqueo de vías públicas, el uso de elementos peligrosos como pipetas de gas, y cualquier actividad que afecte negativamente la convivencia ciudadana, incluyendo el trabajo infantil o la venta ilegal de armas.
Entidades involucradas en la implementación
La ejecución de esta política pública involucra a múltiples entidades distritales con roles específicos:
- La Secretaría de Gobierno coordina la política integral de espacio público.
- El DADEP realiza estudios técnicos especializados sobre capacidad y uso del espacio.
- La Secretaría de Seguridad define zonas especiales en coordinación con autoridades locales.
- El IPES caracteriza a los vendedores ambulantes y ofrece programas de apoyo socioeconómico.
- La Secretaría de Desarrollo Económico impulsa alternativas productivas formales.
Esta articulación institucional busca garantizar una implementación efectiva que equilibre el ordenamiento urbano con el sustento económico de quienes dependen de la venta ambulante.



