El Ministerio de Salud emitió la Circular 017 de 2026 dirigida a las EPS y los gestores farmacéuticos, entre otros actores del sistema de salud, con instrucciones para el cumplimiento del suministro de medicamentos. De acuerdo con un comunicado publicado por la cartera este miércoles 13 de mayo, la circular responde a las constantes quejas por demoras, entregas incompletas y falta de disponibilidad de medicamentos en distintas regiones del país.
Como se informó anteriormente, a finales de 2025, la Defensoría del Pueblo presentó un completo informe que muestra que hay grandes dificultades para acceder a medicamentos en Colombia. Una de las cifras más relevantes de ese informe está relacionada con el incremento de las tutelas en salud. Mientras en 2021 se presentaron 92.372 y en 2022, 156.357, durante el 2024 hubo 265.173. El 36,82 % de las tutelas interpuestas desde 2020 estaban relacionadas con la entrega inoportuna de medicamentos o insumos médicos.
Directrices del Minsalud para la entrega de medicamentos
Entre las principales disposiciones dirigidas a las EPS, el Minsalud destacó la obligación de estas entidades de contar con redes suficientes de gestores farmacéuticos y mecanismos alternos de dispensación para responder a contingencias o fallas en la entrega de medicamentos. La cartera también emitió la instrucción de que se fortalezca el mecanismo de entrega domiciliaria cuando se generan pendientes en la dispensación, garantizando que los medicamentos sean entregados en un plazo no mayor a las 48 horas.
Otra de las directrices tiene que ver con la obligación de garantizar pluralidad de oferentes para los medicamentos a su cargo. En caso de que solo exista un único oferente en el mercado, las entidades deben contar con planes de mitigación ante eventuales interrupciones o salidas del mercado. El ministerio también estableció que las EPS deben garantizar un flujo de recursos estable, suficiente y oportuno hacia su red de gestores farmacéuticos para evitar la negación o generar riesgos en la continuidad de la prestación de los servicios de salud y asegurar la sostenibilidad financiera de la red.
Llamado a la Superintendencia Nacional de Salud
La circular, que también contempla directrices para los gestores farmacéuticos y las secretarías de Salud, le hace un llamado a la Superintendencia Nacional de Salud para que adelante las acciones inmediatas por el no suministro parcial o total de los medicamentos, en especial sobre aquellos requeridos por menores de edad, pacientes crónicos y poblaciones especiales. El objetivo principal, concluyó la cartera, es que las EPS y demás actores del sistema deberán garantizar que los pacientes reciban sus medicamentos completos y a tiempo, sin que los problemas entre entidades afecten sus tratamientos.



