Salud ordena giro directo prioritario a hospitales públicos tras fallas en flujo de recursos
Salud ordena giro directo prioritario a hospitales públicos

Ministerio de Salud establece giro directo prioritario para red pública hospitalaria

El Ministerio de Salud y Protección Social ha emitido una circular externa que establece lineamientos obligatorios para garantizar el flujo oportuno de recursos hacia la red pública hospitalaria del país. La medida, firmada por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo, responde directamente a reiterados llamados de la Corte Constitucional y la Contraloría General de la República sobre las graves fallas en la distribución de fondos del sistema de salud colombiano.

Respuesta a advertencias acumuladas de órganos de control

La Circular Externa 000003 del 23 de febrero de 2026 representa más que un simple ajuste técnico administrativo. Esta decisión responde a una acumulación significativa de advertencias, llamados de atención y órdenes judiciales que coinciden en un diagnóstico alarmante: la entrada de recursos al sistema sigue siendo insuficiente y no está garantizando la liquidez operativa de los hospitales públicos en todo el territorio nacional.

El documento ministerial establece que las EPS y entidades obligadas a compensar que se encuentren bajo medida de vigilancia especial o intervención deberán "priorizar a la red pública hospitalaria en la postulación mensual del mecanismo de giro directo". En términos prácticos, esto significa que cuando estas entidades reporten sus cuentas por pagar a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), deberán dar prelación absoluta a las obligaciones con hospitales públicos.

Mecanismos de verificación y sanciones por incumplimiento

La circular establece responsabilidades claras para los organismos de control. En su numeral 2.2, se especifica que "la Adres, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud), deberá verificar el cumplimiento de la efectiva postulación priorizada". Este mecanismo de supervisión busca garantizar que la priorización a hospitales públicos se cumpla en la práctica y no solo en el papel.

El documento contempla medidas concretas ante posibles incumplimientos:

  • La Adres podrá devolver la postulación y exigir su reformulación en un plazo máximo de tres días hábiles si detecta que no se ha priorizado adecuadamente a la red pública hospitalaria.
  • Ante eventuales desacatos reiterados, la Supersalud queda facultada para activar sus competencias sancionatorias contra las entidades infractoras.

Contexto: Distribución desigual y advertencias de la Contraloría

Esta medida responde específicamente a un informe contundente de la Contraloría General de la República, que había reiterado sus advertencias sobre el deficiente flujo de recursos hacia la red pública hospitalaria nacional. El órgano de control fiscal encontró que, aunque la cartera total en salud se incrementó en $3.7 billones entre enero y septiembre de 2025, este aumento no se tradujo en mejor flujo para los hospitales públicos.

En su informe, la Contraloría señaló textualmente: "Esto demuestra la falta de flujo de los recursos para el pago de las obligaciones por concepto de la prestación de servicios de salud a los hospitales públicos derivadas de las atenciones a los usuarios que acceden a la red pública".

El análisis del organismo reveló una distribución profundamente desigual en el mecanismo del giro directo durante el periodo evaluado. Del total de recursos girados, los prestadores privados recibieron el 67.7%, mientras que los hospitales públicos apenas alcanzaron el 23.2% de los fondos disponibles, una disparidad que afecta directamente la capacidad operativa de la red hospitalaria estatal.

Esta circular ministerial representa un esfuerzo institucional por corregir estas asimetrías y garantizar que los recursos del sistema de salud lleguen efectivamente a donde más se necesitan: los hospitales públicos que atienden a millones de colombianos en todo el territorio nacional.