Con el avance tecnológico, los dispositivos de grabación cada vez más pequeños se han popularizado entre los motociclistas colombianos. Muchos conductores utilizan cámaras de acción en sus cascos para protegerse ante accidentes, buscando material probatorio que determine responsabilidades. Sin embargo, las regulaciones de tránsito son claras respecto al uso de elementos que puedan interferir con la seguridad del casco.
¿Es legal instalar cámaras en los cascos?
Según la Resolución 23385 de 2020, no existe una prohibición total, pero el equipo de grabación no puede interferir con la seguridad del casco. La norma establece que no puede haber ningún elemento entre la cabeza del conductor y el casco, excepto dispositivos de manos libres que no interfieran con la conducción. Las cámaras deben fijarse en la parte superior o lateral del casco, y en caso de cascos abatibles, la protección debe estar ajustada para proteger el rostro.
Ubicación permitida de las cámaras
Los motociclistas pueden colocar las cámaras en la parte superior o lateral del casco, siempre que no se interpongan entre la cabeza y el casco ni obstruyan la visión panorámica. No se permite su instalación en el interior del casco ni en la visera.
Sanciones por incumplimiento
Los conductores y acompañantes que no acaten lo previsto en la resolución incurren en las sanciones del literal C del artículo 131 de la Ley 769 de 2002. Esto implica una multa de $633.200 y la posible inmovilización del vehículo. Más de 20.000 motociclistas han sido sancionados por esta causa.
Recomendaciones para motociclistas
Para evitar multas, los motociclistas deben asegurarse de que la cámara no afecte la seguridad del casco ni la visibilidad. Es importante revisar las especificaciones del casco y seguir las instrucciones del fabricante. Además, se recomienda utilizar soportes que no dañen la estructura del casco.



