La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de 2.850 millones de pesos a la Distribuidora del Pacífico (Dispac) por presuntamente violar las normas de libre competencia en sus procesos de contratación pública. La sanción, anunciada el 14 de mayo de 2026, responde a prácticas que restringieron la participación de oferentes en al menos 23 procesos de selección realizados entre 2021 y 2023.
Restricciones injustificadas en los procesos de selección pública
La SIC determinó que Dispac cobraba una tarifa por el derecho de participación en sus procesos de selección. Esta tarifa se calculaba según el valor del presupuesto oficial de cada proceso, lo que desincentivaba a posibles oferentes y limitaba las oportunidades de participación. Según el informe de la Superintendencia, esta práctica desconoció los principios que orientan la contratación pública y afectó la competencia económica, contraviniendo los principios fundamentales de igualdad y libre competencia establecidos por la ley.
Limitación en la participación de estructuras plurales
Otro aspecto señalado en la sanción fue la restricción del número de integrantes permitidos en las estructuras plurales que podían participar en los procesos de selección. Dispac limitó la posibilidad de que distintas empresas se asociaran para presentar sus ofertas, reduciendo la capacidad de competir en igualdad de condiciones. Esta restricción afectó la diversidad de las propuestas y, por ende, la calidad de las ofertas, lo que perjudicó directamente el proceso de selección. La SIC advirtió que esta medida no solo restringió la competitividad, sino que también excluyó la opción legítima de las figuras asociativas, que permiten integrar recursos y experiencia para cumplir con los requisitos contractuales de manera más eficiente.
Reacción de Dispac y medidas correctivas
A pesar de la sanción, la SIC informó que Dispac mostró disposición para corregir las conductas señaladas. Durante la investigación, Dispac derogó la Directiva de Gerencia No. 005 de 2024, que permitía el cobro por el derecho de participación, y prohibió cualquier pago asociado a la participación en sus procesos de contratación. Esta medida fue tomada en cuenta por la Superintendencia, lo que permitió atenuar la sanción económica impuesta.
La sanción subraya la importancia de garantizar que las contrataciones públicas se desarrollen bajo condiciones de competencia justa, sin restricciones injustificadas a los actores del mercado. La SIC continuará vigilante para asegurar el cumplimiento de las normas de libre competencia en todos los sectores económicos.



