Corte Constitucional emite fallo histórico por omisión en caso de trata de mujer trans
La Corte Constitucional de Colombia ha emitido un contundente fallo que representa un "jalón de orejas" a varias entidades estatales por su omisión en la atención de una denuncia de trata de personas presentada por Tatiana, una mujer trans, migrante, afrodescendiente y con diagnóstico de VIH positivo.
Falta de respuesta coordinada de entidades estatales
Según el estudio detallado del caso, la Corte determinó que ninguna de las entidades competentes respondió de manera adecuada cuando Tatiana denunció que fue obligada a:
- Ejercer trabajos sexuales en diferentes regiones del país
- Aportar cuotas de alimentación y habitación
- Permanecer encerrada contra su voluntad
- Vender drogas bajo coacción
Las entidades señaladas por la Corte incluyen Migración Colombia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Comisión Asesora para la Terminación de la Condición de Refugiado, la Alcaldía de Medellín y la Fiscalía General de la Nación.
Orden de acciones concretas con enfoque interseccional
El fallo judicial establece que la falta de respuesta de estas entidades desconoció los derechos fundamentales de la accionante y prolongó su situación de vulnerabilidad extrema. Por esta razón, la Corte ordenó medidas específicas:
- Defensoría del Pueblo: Deberá asignar un funcionario para acompañar y asesorar a Tatiana en caso de que regrese al país, garantizando su inclusión como presunta víctima de trata de personas.
- Ministerio de Relaciones Exteriores: Debe priorizar el estudio de la solicitud de refugio presentada por Tatiana, aplicando una perspectiva interseccional que reconozca su situación de vulnerabilidad múltiple.
- Migración Colombia: Tendrá que presentar un protocolo de atención específico para personas LGBTIQ+ y víctimas del delito de trata de personas.
Requerimientos adicionales para las entidades
La Corte también exigió al Ministerio de Relaciones Exteriores que realice los ajustes necesarios para establecer términos claros en la resolución de solicitudes de refugio, incorporando criterios de priorización y enfoque diferencial que consideren las circunstancias particulares de cada caso.
Este fallo constitucional marca un precedente importante en la protección de derechos de poblaciones en situación de vulnerabilidad múltiple, estableciendo que el Estado debe responder de manera coordinada, diligente y con perspectiva interseccional cuando se presentan denuncias de graves violaciones a los derechos humanos.



