Consejo de Estado rechaza tutela del Fondo Rotatorio sobre pasaportes
Consejo de Estado rechaza tutela del Fondo Rotatorio

El Consejo de Estado declaró improcedente la acción de tutela presentada por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores con la que buscaba frenar el proceso judicial que cuestiona el nuevo modelo de expedición de pasaportes en Colombia.

Revocación del fallo inicial

Con la decisión, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo revocó el fallo que inicialmente había favorecido al Fondo Rotatorio y dejó en firme el trámite de la acción popular que actualmente adelanta el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Dicha demanda fue interpuesta por Nicolás Dupont Bernal, en representación de la Fundación DILO Colombia, en la que solicitaron que la justicia determine si existieron irregularidades en la implementación del nuevo esquema para la expedición de pasaportes.

Argumentos del Consejo de Estado

En la ponencia del magistrado Pablo Andrés Córdoba Acosta, el Consejo de Estado señaló que la tutela no puede utilizarse para terminar un proceso judicial que aún se encuentra en curso. “En el marco del mismo proceso objeto de tutela que la parte actora debe ejercer su derecho de defensa y controvertir la presunta falta del cumplimiento del requisito de procedibilidad previsto en el artículo 144 del CPACA mediante la formulación de las excepciones que considere pertinentes. En consecuencia, no resulta admisible pretender la terminación del proceso a través de la acción de tutela”, se lee en el fallo del Consejo de Estado.

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Continuación del proceso

Para el alto tribunal es necesario que las partes ejerzan su derecho de defensa dentro del proceso principal y mediante los recursos previstos por la ley. Con este fallo, la acción popular seguirá en curso ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que aún deberá pronunciarse sobre la solicitud de medida cautelar que busca suspender provisionalmente el nuevo modelo de pasaportes mientras avanza el proceso.

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