JEP resuelve apelaciones de sus primeras sentencias por secuestros de Farc y falsos positivos
JEP resuelve apelaciones por secuestros y falsos positivos

Nueve meses después de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitiera sus primeras sentencias restaurativas, la Sección de Apelaciones de la justicia transicional decidió en segunda instancia sobre esos dos fallos. Las sanciones afectan a siete exintegrantes del último Secretariado de la antigua guerrilla de las Farc por secuestros y a siete exmilitares del Batallón La Popa, de Valledupar (Cesar), por ejecuciones extrajudiciales.

Las decisiones de primera instancia

Las sentencias, conocidas el 16 y 18 de septiembre de 2025, ordenaron medidas de restricción de derechos y libertades a los comparecientes, así como el desarrollo de Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador-Restaurador (TOAR). Las víctimas y sus representantes, comparecientes y entidades del Estado interpusieron un total de 31 recursos en contra de las decisiones, los cuales fueron resueltos por la Sección de Apelación.

La sentencia contra las Farc por secuestros

La primera sentencia, emitida el 16 de septiembre de 2025, corresponde al macrocaso 01, que investiga la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por la antigua guerrilla de las Farc. En este macrocaso hay 4.325 personas acreditadas como víctimas en todo el país y 41 exintegrantes de las Farc imputados. Los sancionados fueron los siete exintegrantes del último secretariado: Rodrigo Londoño Echeverry, alias “Timochenko”; Jorge Torres Victoria, alias “Pablo Catatumbo”; Pastor Lisandro Alape Lascarro, o “Pastor Alape”; Milton de Jesús Toncel, alias “Joaquín Gómez”; Jaime Alberto Parra o “El médico”; Julián Gallo Cubillos, alias “Carlos Antonio Lozada”; y Rodrigo Granda Escobar o “Ricardo Téllez”.

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La JEP documentó en su investigación tres patrones criminales detrás de esta política criminal: financiar a la organización ilegal, forzar el intercambio por guerrilleros presos y controlar a la población de los territorios. Según la sanción de primera instancia, el secuestro devino en abusos sexuales, torturas y otras graves violaciones de derechos humanos. Entre los casos emblemáticos está el de los exdiputados del Valle del Cauca, secuestrados y asesinados en abril de 2002.

La sanción contra exmilitares por falsos positivos

La segunda sentencia, del 18 de septiembre de 2025, corresponde al macrocaso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado. En todo el país hay 4.222 víctimas acreditadas. El caso del Batallón de Infantería La Popa de Valledupar (Cesar) hace parte del Subcaso Costa Caribe, que tiene 538 personas acreditadas como víctimas. El subcaso está centrado en hechos ocurridos entre enero de 2002 y julio de 2005. Fueron 15 exmilitares imputados, de los cuales 12 aceptaron cargos: Guillermo Gutiérrez Riveros, Heber Hernán Gómez Naranjo, Efraín Andrade Perea, Manuel Valentín Padilla Espitia, Carlos Andrés Lora Cabrales, Eduart Gustavo Álvarez Mejía, José de Jesús Rueda Quintero, Élkin Leonardo Burgos Suárez, Élkin Rojas, Juan Carlos Soto Sepúlveda, Yeris Andrés Gómez Coronel y Alex José Mercado Sierra.

En su decisión de primera instancia, la justicia transicional encontró dos patrones macrocriminales en el caso de los 135 inocentes asesinados y presentados como guerrilleros en combate. El primero, asesinatos ocurridos en el marco de una alianza y relación de connivencia entre miembros del Batallón La Popa y grupos paramilitares. El segundo, hechos criminales ocurridos en contra de personas en situación de vulnerabilidad, aprehendidas irregularmente o engañadas.

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