Tribunal niega nulidad a Imprenta de Portugal en caso pasaportes
Tribunal niega nulidad a Imprenta de Portugal en pasaportes

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca notificó a la Imprenta Nacional Casa de la Moneda de Portugal su decisión de negar la solicitud de nulidad presentada por la defensa de la entidad portuguesa. La solicitud buscaba dejar sin efecto todo lo actuado dentro de la demanda promovida por la Procuraduría General de la Nación por presuntas irregularidades en el convenio suscrito con la Cancillería y la Imprenta Nacional de Colombia para la implementación del nuevo modelo de pasaportes del Gobierno nacional.

Argumentos de la defensa portuguesa

La solicitud fue presentada por el apoderado de la imprenta, Felipe De Vivero Arciniegas, quien sostuvo que la empresa no había sido notificada en debida forma del auto admisorio de la demanda, situación que, a su juicio, vulneraba el derecho al debido proceso y a la defensa. El abogado argumentó que “la notificación personal del auto admisorio de la demanda constituye una garantía procesal para las personas que deben ser vinculadas a un proceso judicial”, por lo que consideró que debía realizarse oportunamente para garantizar el ejercicio de sus derechos. Asimismo, sostuvo que la notificación “no se surtió mediante carta rogatoria tramitada a través del Ministerio de Relaciones Exteriores”, como correspondía tratándose de una entidad extranjera.

Decisión del Tribunal

Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó esos planteamientos y concluyó que no existió afectación alguna al derecho de defensa ni al debido proceso de la imprenta portuguesa, al considerar que las actuaciones adelantadas por el despacho judicial se ajustaron a las normas procesales. En la decisión, el Tribunal explicó: “En este punto es importante resaltar tres aspectos. Primero, el despacho no ha adelantado ninguna actuación con posterioridad a la admisión de la demanda. Segundo, en el expediente ya se encuentran traducidos al idioma oficial de la Imprensa los documentos que debían notificarse personalmente. Tercero, se adelantó todo el trámite pertinente para realizar la notificación personal a la Imprensa, a través de la carta rogatoria, tal y como lo contempla el artículo 41 del CGP y lo informó la Cancillería el pasado 18 de junio”.

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Continuación del proceso

Con esta determinación, el Tribunal mantuvo en firme las actuaciones surtidas dentro del proceso y permitió que continúe el estudio de la demanda presentada por la Procuraduría, en la que se cuestiona la legalidad del convenio celebrado para la expedición del nuevo modelo de pasaportes en Colombia. El caso sigue en desarrollo y se espera que el Tribunal emita un fallo definitivo sobre el fondo del asunto.

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