La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha puesto en marcha el calendario oficial para que las personas jurídicas presenten la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025. Este proceso, que se realizará de manera virtual a través del portal web de la entidad mediante el Formulario 110, trae consigo un incremento en los controles y sanciones más severas para quienes incumplan.
Fechas clave para la declaración de renta 2026
El turno de cada empresa dependerá del último dígito del NIT, sin contar el dígito de verificación. Las compañías con una obligación tributaria inferior a 41 UVT (Unidades de Valor Tributario) deberán cancelar el total en una sola cuota durante mayo de 2026. Las fechas son las siguientes:
- NIT terminado en 1: 12 de mayo
- NIT terminado en 2: 13 de mayo
- NIT terminado en 3: 14 de mayo
- NIT terminado en 4: 15 de mayo
- NIT terminado en 5: 19 de mayo
- NIT terminado en 6: 20 de mayo
- NIT terminado en 7: 21 de mayo
- NIT terminado en 8: 22 de mayo
- NIT terminado en 9: 25 de mayo
- NIT terminado en 0: 26 de mayo
Para aquellas empresas cuyo valor supere las 41 UVT, existe la posibilidad de dividir el pago en dos cuotas. La segunda cuota deberá cancelarse en julio de 2026, según el siguiente cronograma:
- NIT terminado en 1: 9 de julio
- NIT terminado en 2: 10 de julio
- NIT terminado en 3: 13 de julio
- NIT terminado en 4: 14 de julio
- NIT terminado en 5: 15 de julio
- NIT terminado en 6: 16 de julio
- NIT terminado en 7: 17 de julio
- NIT terminado en 8: 21 de julio
- NIT terminado en 9: 22 de julio
- NIT terminado en 0: 23 de julio
Sanciones y controles más estrictos
La Dian ha advertido que las sanciones económicas por presentar la declaración fuera de plazo o no cumplir con los requisitos pueden ser elevadas. La multa mínima arranca desde los 10 UVT, equivalentes a 523.740 pesos colombianos. Además, la entidad reforzará la vigilancia sobre los soportes electrónicos y los movimientos financieros de las empresas. Se realizarán cruces automáticos con la información exógena y la facturación electrónica para verificar la veracidad de los gastos y deducciones declarados.
Requisitos indispensables
Para completar el trámite, los representantes legales deben contar con la firma electrónica habilitada, un requisito indispensable para enviar la información a través del portal web de la Dian. La entidad recuerda que el proceso es exclusivamente virtual y no se aceptarán declaraciones en papel.
Este año, la Dian intensificará los controles para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Las empresas deben estar atentas a las fechas y preparar la documentación necesaria con anticipación para evitar sanciones.



