Consejo de Estado enfrenta decisión crucial sobre aumento del salario mínimo
El Consejo de Estado tiene en sus manos la revisión del Decreto 1469 de 2025, documento que estableció el salario mínimo para 2026 en $1.750.905, lo que representa un incremento del 23% respecto al año anterior. Esta determinación gubernamental ahora enfrenta un escrutinio legal sin precedentes que podría modificar su aplicación.
Dieciséis demandas buscan frenar el aumento
Según información de la plataforma Samai, dieciséis demandas de nulidad fueron radicadas entre enero y febrero de 2026 con un objetivo común: solicitar la anulación del acto administrativo y la suspensión provisional de sus efectos mientras se resuelve el fondo del asunto. La acumulación de procesos revela una reacción jurídica inusual en el país.
Los expedientes no provienen de un solo sector, sino que incluyen a ciudadanos y organizaciones diversas que acudieron a la jurisdicción contencioso administrativa para cuestionar la legalidad del decreto firmado por el Gobierno Nacional. En todos los casos, el bloque demandado incluye al Ministerio del Trabajo, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Presidencia de la República.
¿Proceso individual o acumulado?
La abogada Ivonne Aristizábal Rojas, directiva de Aristizábal & Rodríguez Legal Partners, explica que la regla general establece que el Consejo de Estado —como cualquier juez— debe estudiar cada proceso de manera individual. Sin embargo, existe la posibilidad de acumular procesos cuando estos versan sobre el mismo acto administrativo o sobre actos conexos y se cumplan los requisitos legales previstos para ello.
"En ese escenario, el alto tribunal podría fallar de manera conjunta y la decisión aplicaría a todos los casos acumulados", señala Aristizábal. En principio, entonces, el análisis es caso por caso, pero si se verifica que las demandas cumplen los presupuestos para tramitarse de forma unificada, la corporación podría emitir una decisión que cobije a todos los expedientes reunidos en un solo proceso.
Plazos y consecuencias jurídicas
Sobre los tiempos de resolución, Aristizábal precisa que la ley establece plazos para distintas etapas procesales, pero estos funcionan como parámetros de impulso y celeridad, mas no garantizan que la sentencia definitiva se profiera en un número exacto de días. Factores como la congestión judicial pueden incidir significativamente en la duración real del trámite.
En cuanto a la medida cautelar solicitada por los demandantes —la nulidad y suspensión provisional—, el Consejo deberá evaluar si existen fundamentos jurídicos suficientes para congelar los efectos del decreto. De aceptarse la nulidad del decreto, Aristizábal sostiene que la consecuencia sería que el acto se considera inexistente desde su origen y la decisión tendría efectos generales.
Esto último significa que aplicaría a todos los ciudadanos y empleadores, no solo a quienes presentaron la demanda, conforme al artículo 189 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. La decisión del Consejo de Estado marcará un precedente importante en materia laboral y administrativa para el país.



