Los empleadores que tienen contratadas trabajadoras domésticas deberán cumplir antes del 30 de junio con el pago de la prima de servicios correspondiente al primer semestre de 2026. Esta prestación social está reconocida por la Ley 1788 de 2016, que extendió este derecho a quienes realizan labores domésticas en los hogares colombianos, otorgándoles las mismas condiciones frente a la prima que otros empleados vinculados mediante contrato laboral.
¿Cómo se calcula el valor de la prestación?
La prima de servicios equivale a un salario adicional por cada año trabajado y se paga en dos cuotas semestrales. La primera corresponde al periodo comprendido entre enero y junio, mientras que la segunda se cancela en diciembre. Para quienes laboraron durante todo el semestre, el pago de mitad de año equivale a 15 días de salario. El cálculo de la prima depende del salario devengado y del tiempo efectivamente trabajado. La fórmula utilizada es multiplicar el salario mensual por los días laborados y dividir el resultado entre 360. Además del salario básico, la liquidación puede incluir conceptos salariales habituales como horas extras, recargos, comisiones recurrentes y, cuando corresponda, el auxilio de transporte.
Ejemplo con salario mínimo
Para una trabajadora doméstica que recibe el salario mínimo de 2026, fijado en $1.750.905 mensuales, la prima semestral asciende a $875.452 cuando ha trabajado durante los seis meses completos. Si la vinculación se produjo después del inicio del semestre, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo laborado. Un ejemplo citado para estos casos corresponde a una persona que inició labores en abril y acumuló 60 días trabajados al cierre de junio. Aplicando la fórmula establecida, el valor de la prima sería de $291.817.
El caso de quienes trabajan por días
Uno de los escenarios que genera más consultas es el de las empleadas domésticas que trabajan uno o varios días a la semana. En estos casos, la prima también es obligatoria y debe calcularse sobre la base del salario diario y del número de jornadas efectivamente trabajadas durante el semestre. Tomando como referencia el salario mínimo de 2026, el valor diario corresponde a $58.363. Si una trabajadora presta sus servicios un día por semana y comenzó a laborar el 7 de febrero, habría completado 21 días trabajados al finalizar junio. Con un ingreso semestral de $1.225.623, la prima correspondiente sería de $612.811. La legislación laboral señala que este derecho se reconoce desde el primer día de trabajo, por lo que incluso quienes hayan iniciado labores recientemente tienen derecho a recibir una suma proporcional al tiempo trabajado durante el semestre.
Consecuencias por incumplimiento
El pago de la prima constituye una obligación legal para los empleadores. En caso de incumplimiento, el trabajador puede reclamar el pago y exigir el reconocimiento de las prestaciones adeudadas. La normativa contempla además sanciones e indemnizaciones cuando no se realiza el desembolso dentro de los plazos establecidos. Las disposiciones vigentes también permiten que el trabajador reclame este derecho hasta tres años después de que la obligación se haya hecho exigible. Cuando la relación laboral termina sin el pago de las prestaciones correspondientes, puede aplicarse la indemnización moratoria prevista por la legislación laboral.



