Durante el mes de junio, los trabajadores dependientes en Colombia reciben el pago de la prima legal de mitad de año, una prestación social obligatoria que equivale a 15 días de salario por cada semestre laborado. Sin embargo, no todos los profesores del sector público acceden a este beneficio en junio.
¿Qué profesores no reciben la prima en junio de 2026?
El sindicato Federación Colombiana de Educadores (Fecode) confirmó que, para los docentes del sector público, el pago de esta prestación se realiza durante las dos primeras semanas de julio, no en junio. Esto aplica para todos los educadores vinculados a entidades territoriales, independientemente de su nivel salarial.
Además, aquellos docentes que no hayan cumplido el año completo de labores al 30 de junio recibirán el pago de manera proporcional. Para acceder a este derecho bajo la modalidad proporcional, el educador debe haber prestado servicios en el mismo colegio por un término mínimo de seis meses. También aplica para quienes se hayan retirado del servicio activo pero cumplan con el tiempo mínimo requerido.
Casos de traslado entre entidades territoriales
Si un docente ha sido trasladado de una entidad territorial a otra, el pago lo realizarán las entidades de manera proporcional al tiempo laborado en cada una. Así lo explicó Fecode a través de sus redes sociales en 2025.
Cálculo de la prima para profesores en 2026
La base para calcular el monto de la prima de servicios se determina a partir de los ingresos que constituyen salario de manera fija y habitual. Dentro de este cálculo se incluyen: salario básico mensual, horas extras devengadas, recargos nocturnos, dominicales y festivos (si se pagan con frecuencia), y bonificaciones permanentes que formen parte del salario.
Valores de la prima según nivel salarial
- Nivel 1A: Salario básico mensual de $3.050.390, prima de $1.525.195.
- Nivel 1B: Salario de $3.888.388, prima de $1.944.194.
- Nivel 1C: Salario de $5.012.416, prima de $2.506.208.
- Nivel 1D: Salario de $6.213.773, prima de $3.106.886.
Es importante recordar que la prima de mitad de año es un derecho laboral fundamental para los docentes, y su pago se realiza de acuerdo con el tiempo efectivamente laborado en cada semestre.



