Consejo de Estado suspende aumento del 23% en salario mínimo: impacto en productos y servicios
Este 13 de febrero de 2026, el Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del decreto que estableció el salario mínimo para el presente año con un incremento del 23%. La medida cautelar se tomó después de que el alto tribunal considerara que el Gobierno Nacional debe justificar con mayor rigor técnico los criterios económicos utilizados para un aumento de tal magnitud, otorgando un plazo de ocho días para expedir un nuevo decreto transitorio.
Incertidumbre entre trabajadores y efectos inmediatos
Esta decisión ha generado una ola de incertidumbre entre los trabajadores colombianos, quienes ya habían recibido sus primeros pagos del año bajo la nueva cifra de $1.750.905 pesos, más el auxilio de transporte, para un total aproximado de dos millones de pesos. Sin embargo, los expertos jurídicos han aclarado que la suspensión no tiene efectos retroactivos; es decir, lo pagado en enero y lo que se cause en la presente quincena se mantiene firme.
El ajuste, de haberlo, aplicará únicamente hacia el futuro una vez se defina la nueva cifra oficial mediante el decreto transitorio que debe presentar el gobierno en los próximos días.
Impacto en productos y servicios indexados al salario mínimo
La situación ha creado confusión sobre cómo afectará a diversos productos y servicios que tradicionalmente se han indexado al salario mínimo. A continuación, se detallan los principales sectores impactados:
- Arrendamientos: Los cánones de arrendamiento se rigen por la inflación causada el año anterior (IPC), no por el salario mínimo. Si algún propietario aumentó el arriendo basándose erróneamente en el 23% del mínimo, podría estar realizando un cobro irregular.
- Trámites y multas: Los trámites notariales, multas de tránsito y algunas tarifas de salud ya no se calculan sobre salarios mínimos, sino sobre la Unidad de Valor Tributario (UVT) o la Unidad de Valor Básico (UVB), que se ajustan según la inflación.
- Servicios de salud y seguridad: Elementos como el SOAT, las cuotas moderadoras de las EPS y los aportes a seguridad social sí mantienen una relación estrecha con el salario mínimo. Si el nuevo decreto reduce el porcentaje de aumento, estos cobros deberán reajustarse proporcionalmente para el resto del año.
Reacciones políticas y próximos pasos
El Consejo de Estado ha sido enfático al señalar que el gobierno debe presentar un nuevo ajuste que respete los criterios establecidos en la Ley 278 de 1996, incluyendo la inflación causada, la meta de inflación y la productividad del país. El presidente Gustavo Petro ha calificado la decisión como un ataque al poder adquisitivo de los colombianos, mientras que los gremios empresariales piden sensatez para no afectar la generación de empleo formal.
Por ahora, los trabajadores seguirán recibiendo su salario con el aumento del 23% hasta que se publique el nuevo acto administrativo. No habrá cobros retroactivos por los salarios ya pagados, pero el futuro de la remuneración mensual en Colombia queda supeditado a la "recalculación" técnica que realicen el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Trabajo durante la próxima semana.
Consecuencias económicas a mediano plazo
Esta situación genera varias interrogantes sobre la estabilidad económica:
- La incertidumbre podría afectar la confianza del consumidor y el gasto en productos básicos.
- Las empresas enfrentan desafíos para planificar sus costos laborales y ajustes salariales.
- Los productos y servicios indexados al salario mínimo podrían experimentar ajustes adicionales una vez se defina la nueva cifra oficial.
- El gobierno debe balancear las demandas de los trabajadores con la realidad económica del país.
La próxima semana será crucial para definir el rumbo del salario mínimo en Colombia y sus efectos en la economía familiar y empresarial del país.



