Colombia da primer paso para integrar baterías al sistema eléctrico con nueva regulación de la CREG
Colombia da primer paso para integrar baterías al sistema eléctrico

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió una nueva resolución que establece el marco normativo para la integración de los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica con Baterías (SAEB) al Sistema Interconectado Nacional (SIN). Esta decisión tiene como objetivo proporcionar mayor flexibilidad operativa al sistema eléctrico colombiano y abrir nuevas opciones para satisfacer las demandas del sector energético.

Condiciones para la integración de baterías

La medida define las condiciones bajo las cuales estas tecnologías podrán incorporarse al mercado y a la infraestructura eléctrica del país. Se permite su participación como activos de red, como parte de proyectos de generación híbridos y como sistemas independientes con capacidad para realizar actividades comerciales dentro del mercado de energía.

La resolución fue adoptada tras analizar los comentarios y observaciones recibidos durante el proceso de consulta pública. Con esto, la entidad establece las reglas para la incorporación de una tecnología que jugará un papel clave en la operación y modernización del sistema eléctrico.

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Modalidades de participación de los SAEB

Uno de los aspectos centrales de la regulación es la definición de tres modalidades de participación para los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica con Baterías. La primera modalidad corresponde a los SAEB que se integren como activos de la red eléctrica. En estos casos, la resolución establece los criterios para determinar cuándo son necesarios estos proyectos, la forma en que deben desarrollarse y las reglas para su remuneración. También define las obligaciones relacionadas con la calidad del servicio y la gestión de la energía almacenada y entregada al sistema. Estas disposiciones aplican cuando las baterías pueden contribuir a solucionar necesidades de operación o expansión de la infraestructura eléctrica, permitiendo su integración como parte del SIN.

La segunda modalidad contempla los SAEB asociados a plantas de generación. Para estos casos, la regulación fija las condiciones de conexión, operación y participación bajo las reglas que actualmente aplican a los generadores. Además, establece aspectos relacionados con el despacho de energía y el tratamiento de la energía almacenada. Según la Comisión, este esquema permitirá aprovechar mejor la energía producida por fuentes renovables como la solar y la eólica, ya que facilitará el almacenamiento de energía no despachada en ciertos momentos y su posterior uso cuando el sistema lo requiera.

La tercera modalidad regulada corresponde a los sistemas de almacenamiento independientes. Para ellos, la resolución define requisitos de conexión, condiciones de participación, servicios habilitados y reglas para su operación y remuneración. Según lo establecido por la CREG, estos sistemas podrán aportar flexibilidad a la operación del sistema eléctrico mediante el almacenamiento y la posterior entrega de energía, considerando las condiciones del mercado. También podrán participar cuando sea necesaria la entrega de energía para la prestación del servicio de reserva de regulación secundaria de frecuencia o cuando existan requerimientos asociados a condiciones de seguridad del sistema. La entidad señaló que este tipo de participación contribuirá a generar precios eficientes en beneficio de los usuarios del servicio de energía eléctrica, al ofrecer nuevas herramientas para gestionar la energía disponible y responder a las necesidades operativas del sistema.

Impacto en la confiabilidad y la integración de renovables

El director ejecutivo de la CREG, Antonio Jiménez Rivera, destacó el potencial de los sistemas de almacenamiento para fortalecer la operación del sector energético. “Los Sistemas de Almacenamiento tienen el potencial de aportar mayor flexibilidad a la operación del sistema eléctrico y facilitar la integración de nuevas fuentes de generación, especialmente aquellas como la solar y eólica”, aseguró. El directivo agregó que esta tecnología “puede contribuir a gestionar de manera eficiente determinadas condiciones operativas de la red, apoyar la atención de contingencias como periodos de escasez y fortalecer la confiabilidad del suministro”.

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La resolución también incorpora ajustes derivados de las recomendaciones emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, entidad que evaluó la propuesta dentro del procedimiento de abogacía de la competencia. De acuerdo con la Comisión, estas modificaciones permiten garantizar que la incorporación de la regulación para los SAEB se realice bajo principios de libre competencia y con un tratamiento igualitario para los agentes que participen en la prestación de estos servicios.

Primer paso hacia la modernización del sector

La CREG señaló que esta regulación constituye un primer paso para la incorporación de tecnologías de almacenamiento de energía eléctrica en Colombia. Por ahora, la entidad continuará avanzando en el desarrollo de nuevas resoluciones para otras tecnologías de almacenamiento y para servicios adicionales que puedan incorporarse al Sistema Eléctrico. Este trabajo se desarrollará en línea con lo establecido en el Decreto 393 de 2026 y con el objetivo de avanzar en la modernización y flexibilización del sector, incorporando herramientas que permitan fortalecer la operación del sistema y responder a los retos de la transición energética.