Gobierno impone nuevo gravamen del 2% a hidroeléctricas y térmicas para emergencia climática
Nuevo impuesto del 2% a generadoras de energía para emergencia climática

Nuevo gravamen ambiental recaerá sobre empresas generadoras de energía

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha emitido una disposición que obliga a las empresas generadoras de energía hidroeléctrica y termoeléctrica a transferir un 2% adicional sobre las ventas brutas de energía por generación. Esta medida, que forma parte de la respuesta gubernamental a la emergencia económica declarada por las inundaciones en departamentos del Caribe colombiano, generaría un recaudo estimado de $70.000 millones para el Estado.

Impacto tributario en el sector energético

Según Alejandro Castañeda, presidente de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras (Andeg), este nuevo gravamen se suma a otras cargas impositivas que ya afectan al sector. "En el marco de la emergencia económica, el Gobierno Nacional decretó varios impuestos que afectan al sector eléctrico", explicó Castañeda, destacando que además del aumento en las transferencias ambientales, las empresas enfrentan un impuesto al patrimonio del 0,5% sobre sus activos del año 2025.

Las empresas hidráulicas y térmicas verán incrementadas sus contribuciones ambientales establecidas en la Ley 99 de 1993, pasando del 4% y 6% respectivamente al 6% y 8%. Este incremento de dos puntos porcentuales representa una carga adicional significativa para las compañías del sector, que según el dirigente gremial podría totalizar $330.000 millones entre todos los tributos, incluyendo el impuesto al patrimonio que recaudaría aproximadamente $260.000 millones.

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Destino de los recursos y alcance geográfico

La ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e), Irene Vélez Torres, justificó la medida señalando que los recursos se destinarán exclusivamente a "atender la crisis generada por la alteración súbita, simultánea y extraordinaria de la dinámica hídrica en estas cuencas afectadas". Los fondos recaudados a través de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) se ejecutarán para implementar medidas ambientales y de gestión del riesgo en los departamentos más afectados por las lluvias.

La disposición afectará específicamente a las centrales generadoras ubicadas en ocho departamentos: Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. El proyecto de decreto, que actualmente espera la firma presidencial y será evaluado por la Corte Constitucional, establece que las transferencias se realizarán durante los próximos seis meses.

Preocupaciones sobre competitividad e inversión

Castañeda expresó serias reservas sobre el impacto económico de estas medidas, argumentando que el sector minero-energético ya enfrenta cargas tributarias elevadas que afectan su competitividad. "Claramente impuestos como el patrimonio generan afectaciones desde el punto de vista de señales de inversión hacia adelante", advirtió el dirigente, señalando que Colombia registra actualmente la formación bruta de capital más baja de los últimos años.

El presidente de Andeg reconoció la existencia de una emergencia climática, particularmente en departamentos como Córdoba, pero cuestionó la proporcionalidad de los tributos. Sugirió alternativas como el uso de los $2,6 billones disponibles en el sistema nacional de atención de desastres o la posibilidad de emplear regalías para estos fines, en aras de una mayor eficiencia tributaria.

Marco legal y seguimiento técnico

El Ministerio de Ambiente ha establecido que, dentro de los quince días siguientes a la expedición del decreto, publicará lineamientos técnicos para orientar los proyectos financiados con estos recursos. Los criterios incluirán magnitud del daño, urgencia de intervención, impacto ecosistémico, integralidad de cuenca y equidad territorial.

Las CAR deberán estructurar proyectos en articulación con el Ministerio, que brindará acompañamiento técnico para garantizar trazabilidad y transparencia en el uso de los recursos. Cuando la magnitud del daño lo requiera, las corporaciones deberán coordinar proyectos interjurisdiccionales para abordar problemas que trasciendan límites departamentales.

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Es importante destacar que, según la cartera ambiental, estas transferencias no constituyen un impuesto propiamente dicho, sino contribuciones establecidas en la Ley 99 de 1993 para retribuir a los territorios que asumen los costos ambientales de la explotación de recursos naturales.