El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos de los artículos 2 al 8 del Decreto 572 de 2025, al concluir que el Gobierno Nacional no presentó una motivación suficiente ni estudios técnicos adecuados que justificaran el incremento de las tarifas de retención y autorretención en la fuente.
Decisión judicial y sectores beneficiados
La decisión representa un alivio para múltiples sectores productivos del país y, particularmente, para la industria de los carbones y el coque, que había advertido sobre los graves impactos financieros que generaría la aplicación de estas medidas. El fallo señala que el Gobierno no presentó una motivación suficiente ni estudios técnicos adecuados para justificar la medida.
Contexto de la medida suspendida
El Decreto 572 de 2025, emitido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, establecía un aumento en las tarifas de retención en la fuente para empresas del sector carbonífero y petrolero. La medida fue impugnada por diversos gremios y empresas, que argumentaron que carecía de sustento técnico y económico.
Reacciones y próximos pasos
Organizaciones empresariales celebraron la suspensión provisional y pidieron al Gobierno realizar estudios rigurosos antes de proponer nuevos incrementos tributarios. El Consejo de Estado deberá resolver de fondo la legalidad del decreto en los próximos meses.
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