Gobierno expide decreto con medidas tributarias para impulsar recaudo en emergencia económica
El Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 0240 de 2026, una norma que establece alivios temporales para contribuyentes con obligaciones pendientes ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Esta medida forma parte del paquete tributario adoptado durante el estado de emergencia económica declarado en febrero, con el objetivo de facilitar la regularización fiscal de miles de deudores y acelerar la entrada de recursos al presupuesto público en un contexto fiscal exigente.
Nuevo impuesto a apuestas en línea y medidas contra operadores ilegales
Dentro del mismo decreto, se incluye una fuente de recaudo dirigida al sector en expansión de las apuestas por internet. A partir de 2026, los servicios de juegos de suerte y azar operados exclusivamente en línea quedarán sujetos a un impuesto nacional al consumo del 16%. La base del tributo no será el dinero apostado, sino los ingresos brutos del operador, calculados como el total de apuestas realizadas menos los premios pagados a los jugadores.
Además, la norma obliga a bancos, plataformas tecnológicas y proveedores de pagos a no prestar servicios a operadores no autorizados, una acción diseñada para cerrar el paso a páginas ilegales que operan fuera del sistema fiscal colombiano.
Reducciones en sanciones para deudores y plazos clave
El decreto ofrece beneficios significativos para contribuyentes en mora al 31 de diciembre de 2025. Quienes paguen la totalidad de la obligación principal podrán acceder a reducciones en las penalidades acumuladas. Si el contribuyente cancela el valor principal de la deuda y los intereses bajo las condiciones establecidas, podrá acogerse a una disminución de sanciones y cerrar el proceso administrativo.
El plazo clave para solicitar esta condición especial de pago ante la DIAN es el 30 de abril de 2026. Esta ventana temporal busca incentivar la regularización rápida y eficiente.
Oportunidades para corrección de declaraciones y cumplimiento formal
Más allá del alivio para deudores, el decreto abre una puerta para contribuyentes que omitieron declarar impuestos o presentaron información incorrecta. La DIAN permitirá regularizar estas situaciones pagando solo el 15% de la sanción correspondiente, sin liquidar intereses de mora. Los escenarios cubiertos incluyen:
- Quienes no presentaron declaraciones tributarias antes del 30 de noviembre de 2025, podrán hacerlo hasta el 30 de abril de 2026 con sanción reducida.
- Contribuyentes que declaren errores en declaraciones anteriores, como ingresos mal reportados, podrán corregirlas con el mismo beneficio.
- Casos de obligaciones formales incumplidas, como reportes informativos o trámites tributarios no presentados.
Para pequeños negocios, donde los errores contables son frecuentes, este punto puede ser incluso más relevante que los alivios para morosos. El decreto también incluye un mecanismo para subsanar incumplimientos formales, con una sanción especial equivalente al 3% de los ingresos brutos declarados en 2024, o el 2% del patrimonio para personas no obligadas a declarar renta.
Conciliaciones en procesos judiciales y enfoque en deudas pequeñas
El decreto faculta a la DIAN para negociar conciliaciones en procesos contencioso-administrativos, ofreciendo reducciones significativas en sanciones e intereses. Por ejemplo, en disputas sobre liquidaciones oficiales, el contribuyente puede conciliar hasta el 85% del valor de sanciones y actualizaciones, siempre que cumpla con los requisitos y pague la obligación. La solicitud debe presentarse antes del 30 de junio de 2026.
Además, se introduce una señal importante en materia penal: para obligaciones tributarias inferiores o iguales a 100 UVT, la DIAN deberá agotar primero el procedimiento administrativo de cobro antes de considerar acciones penales. Esto prioriza la recuperación del dinero sobre la judicialización, buscando concentrar la acción penal en casos de mayor impacto económico.
Impuesto complementario para regularización de patrimonio omitido
El decreto crea un impuesto complementario de normalización tributaria para 2026, dirigido a contribuyentes con activos omitidos o pasivos inexistentes en sus declaraciones. Quienes se acojan al mecanismo deberán pagar un impuesto del 19% sobre el valor de esos activos, con declaración hasta el 31 de julio de 2026. A cambio, podrán incorporar esos activos a su patrimonio fiscal sin sanciones ni procesos penales por la omisión anterior, siempre que el origen del dinero sea lícito.
Contexto y pragmatismo detrás de las medidas
Los alivios tributarios no son una novedad en la política fiscal colombiana. En momentos de presión presupuestal, gobiernos anteriores han utilizado esquemas similares para incentivar pagos pendientes. La lógica es pragmática: cuando una deuda acumula intereses y sanciones durante años, el monto final puede desincentivar el pago. Reducir penalidades hace viable el proceso y cada peso recuperado alivia las cuentas fiscales.
Sin embargo, la ventana es corta. Quienes deseen acogerse a las reducciones deben cumplir con los requisitos dentro de los plazos fijados. Después de esas fechas, las deudas volverán a regirse por el régimen sancionatorio ordinario, destacando la urgencia de actuar en este período de emergencia económica.
