Calendario tributario 2026 en Bogotá: fechas clave y descuentos disponibles
La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá ha dado a conocer oficialmente el calendario tributario que regirá durante el año 2026, estableciendo las fechas específicas para la declaración y pago de los principales impuestos distritales que afectan a los contribuyentes de la capital colombiana.
Plazos establecidos para el impuesto predial unificado
Los propietarios de bienes inmuebles en Bogotá deben prestar especial atención a los plazos definidos para el pago del impuesto predial unificado durante el próximo año fiscal. Las autoridades distritales han establecido dos fechas límite fundamentales:
- Pago con descuento del 10%: Los contribuyentes que realicen el pago anticipado podrán beneficiarse de un descuento significativo si cancelan su obligación hasta el 17 de abril de 2026.
- Pago sin descuento: Para quienes no aprovechen la oportunidad del descuento, la fecha límite ordinaria se extiende hasta el 10 de julio de 2026.
Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC)
Para aquellos contribuyentes que prefieran distribuir el pago del impuesto predial a lo largo del año, la administración distrital ofrece el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC), que permite cancelar la obligación en cuatro cuotas iguales sin intereses adicionales.
Para acceder a esta modalidad de pago, los interesados deben presentar su declaración inicial antes del 8 de mayo de 2026 a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda. Las fechas establecidas para las cuotas son:
- Primera cuota: 5 de junio de 2026
- Segunda cuota: 14 de agosto de 2026
- Tercera cuota: 2 de octubre de 2026
- Cuarta cuota: 4 de diciembre de 2026
Calendario para el impuesto vehicular
Los propietarios de vehículos automotores matriculados en Bogotá también cuentan con un calendario específico para el pago del impuesto correspondiente:
- Pago con descuento del 10%: Disponible hasta el 15 de mayo de 2026.
- Pago sin descuento: Fecha límite establecida para el 24 de julio de 2026.
Para el impuesto vehicular también existe la opción del SPAC, que en este caso permite el pago en dos cuotas iguales sin intereses. Los contribuyentes interesados deben presentar su declaración inicial antes del 12 de junio de 2026, con las siguientes fechas de pago:
- Primera cuota: 3 de julio de 2026
- Segunda cuota: 4 de septiembre de 2026
Impuesto de Industria y Comercio (ICA)
El impuesto de Industria y Comercio (ICA) aplica para todas las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades comerciales, industriales o de servicios dentro del territorio de Bogotá. De acuerdo con la Resolución SDH-000195 de 2025, los contribuyentes del régimen común deberán realizar pagos bimestrales en las siguientes fechas:
- Primer bimestre: 10 de abril de 2026
- Segundo bimestre: 12 de junio de 2026
- Tercer bimestre: 21 de agosto de 2026
- Cuarto bimestre: 9 de octubre de 2026
- Quinto bimestre: 11 de diciembre de 2026
- Sexto bimestre: 12 de febrero de 2027
Para los agentes de retención del ICA (ReteICA), el calendario establece vencimientos diferentes:
- Primer bimestre: 20 de marzo de 2026
- Segundo bimestre: 22 de mayo de 2026
- Tercer bimestre: 17 de julio de 2026
- Cuarto bimestre: 18 de septiembre de 2026
Recomendaciones oficiales y marco legal
El calendario tributario completo para 2026 quedó formalmente definido mediante la Resolución SDH 000195 de 2025 y puede consultarse en el portal oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda. Las autoridades recomiendan encarecidamente a todos los contribuyentes revisar con anticipación sus obligaciones tributarias específicas y utilizar los canales digitales disponibles para realizar los pagos de manera oportuna.
Este cronograma no solo incluye las fechas para los impuestos predial, vehicular e ICA, sino también otros vencimientos que aplican dependiendo de la actividad económica o del tipo específico de contribuyente. La planificación financiera anticipada permite a los ciudadanos capitalinos aprovechar los descuentos por pronto pago, organizar mejor su flujo de caja y evitar sanciones por retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.



