DIAN confirma devolución parcial tras caída de emergencia económica
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha confirmado oficialmente que el proceso de reintegro de recursos recaudados durante la emergencia económica de enero de 2026 será parcial y limitado. Tras la suspensión de las medidas por parte de la Corte Constitucional, la entidad determinó que solo se reembolsarán 57.000 millones de pesos, una cifra significativamente menor a los 1,69 billones de pesos obtenidos durante los 29 días de vigencia de los decretos.
¿Por qué no se devuelve la totalidad del recaudo?
Carlos Emilio Betancourt, director de la institución, aclaró en entrevista con Blu Radio que la mayor parte del dinero corresponde a situaciones jurídicas ya consolidadas que no permiten devoluciones. "Recaudamos 1,69 billones de pesos, de los cuales 1,63 billones corresponden a alivios tributarios. Eso es una situación jurídica consolidada y no aplica devolución", afirmó el funcionario.
Betancourt explicó que este mecanismo incentivó el pago masivo de obligaciones fiscales mediante la reducción de sanciones e intereses, beneficiando a múltiples contribuyentes bajo una figura legal que ya no puede revertirse. La mayor parte de los recursos provienen de beneficios para deudores que se pusieron al día durante el periodo de emergencia.
Impuestos específicos sujetos a reembolso
Dentro del remanente de 57.000 millones de pesos que la DIAN tiene previsto reintegrar, existen rubros específicos identificados:
- 24.000 millones de pesos corresponden al impuesto de estabilidad fiscal en exportaciones de hidrocarburos y carbón
- 14.000 millones de pesos por concepto de IVA en importaciones de bajo valor (conocidas como 'minimis')
- Aproximadamente 3.700 millones de pesos relacionados con el IVA en licores y apuestas en línea
Procedimiento para solicitar devoluciones
Para los consumidores que pagaron IVA en licores durante enero, el director de la DIAN señaló que el trámite no será automático. La clave del proceso radica en la factura electrónica: "Si la persona tiene factura electrónica, puede solicitar la devolución. Si es declarante, se le dará como crédito fiscal en su declaración de renta", puntualizó Betancourt.
En el caso de las compras por plataformas digitales, la gestión será "a demanda", lo que significa que cada persona debe solicitar al operador logístico la devolución correspondiente. Para los licores importados, se aclaró que los importadores suelen aplicar dicho IVA como impuesto descontable, eliminando la posibilidad de un reintegro directo.
Complejidad administrativa y reclamos
A pesar de que los mecanismos están habilitados, la entidad reconoce que la complejidad administrativa podría desincentivar a los ciudadanos. "Hay una probabilidad diferente de cero de que lo reclamen, pero estamos preparados para atender esas solicitudes", afirmó el director de la DIAN.
En casos específicos como el de las apuestas en línea, el reintegro contempla procedimientos que incluyen la corrección de las declaraciones tributarias presentadas. La DIAN enfatizó que gran parte de estos reembolsos se verán reflejados como saldos a favor para futuras obligaciones y no necesariamente como dinero en efectivo disponible inmediatamente.
La institución mantiene sus canales abiertos para atender consultas y procedimientos relacionados con este proceso de devolución parcial, que representa apenas el 3,4% del total recaudado durante el periodo de emergencia económica.



