Conductores bogotanos enfrentan sorpresa tributaria con pago adicional de $117.000
Con el inicio del calendario tributario de 2026, miles de propietarios de vehículos en la capital colombiana han comenzado a revisar sus obligaciones fiscales, encontrándose con una cifra que ha generado sorpresa y confusión entre los contribuyentes: el pago obligatorio de $117.000 adicionales al valor neto del impuesto sobre vehículos automotores.
¿Qué son los derechos de semaforización?
Este rubro, que frecuentemente pasa desapercibido en la liquidación inicial, corresponde a los derechos de semaforización, un tributo distrital que deben cancelar todos los vehículos matriculados en Bogotá, independientemente de su valor comercial, modelo, tipo de combustible o antigüedad.
A diferencia del impuesto vehicular, cuya tarifa se calcula sobre el avalúo comercial del automotor (fijado anualmente por el Ministerio de Transporte), el cobro por semaforización es una tasa fija que equivale a dos salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
Con el ajuste del salario mínimo para el año 2026, la cifra exacta se ha situado en $116.726, siendo redondeada comercialmente a $117.000 en diversas plataformas de recaudo. Este dinero se destina exclusivamente al mantenimiento, modernización y operación de la red de semáforos de la ciudad, un sistema crítico para la gestión del tráfico en una de las urbes más congestionadas de la región.
¿Quiénes deben realizar este pago?
El pago de derechos de semaforización no discrimina y aplica a:
- Vehículos particulares: Automóviles, camionetas, camperos y vehículos de carga.
- Motocicletas: A diferencia del impuesto vehicular (que solo aplica para motos de más de 125 c.c.), los derechos de semaforización deben ser pagados por todas las motocicletas matriculadas en el Distrito, sin importar su cilindraje.
- Vehículos eléctricos e híbridos: Aunque gozan de descuentos significativos en el impuesto principal (hasta el 60% o más según la ley), no están exentos de la tasa de semaforización.
Fechas clave y sanciones por incumplimiento
La Secretaría Distrital de Hacienda ha recordado que este pago suele venir integrado en la factura del impuesto vehicular. Sin embargo, si un conductor decide liquidar su impuesto de manera manual a través de la Oficina Virtual, debe asegurarse de incluir este concepto para evitar que su obligación quede en estado de "mora parcial".
Las fechas límite establecidas son:
- Hasta el 15 de mayo: Plazo para pagar con un 10% de descuento sobre el impuesto vehicular (la tasa de semaforización no tiene descuento).
- Hasta el 24 de julio: Fecha límite para el pago sin sanciones.
El incumplimiento de estas fechas acarrea una sanción mínima de aproximadamente $262.000, lo que podría triplicar el costo inicial del trámite. Las autoridades recomiendan descargar la factura oficial directamente desde el portal de la Secretaría de Hacienda para evitar fraudes o errores en el cálculo de estos valores adicionales.
Este pago adicional representa un dolor de cabeza financiero para miles de conductores bogotanos que ya enfrentan múltiples obligaciones tributarias, especialmente en un contexto de ajustes económicos y aumento del costo de vida en la capital colombiana.



