Corte Constitucional elimina requisito de convivencia para pensiones de sobrevivientes en Colombia
Corte elimina requisito de convivencia para pensiones de sobrevivientes

Corte Constitucional modifica criterios para pensiones de sobrevivientes en casos de discapacidad

La Corte Constitucional de Colombia emitió una decisión histórica que transforma los criterios utilizados por Colpensiones para otorgar las pensiones de sobrevivientes, especialmente en situaciones que involucran a personas en condición de discapacidad o con vulnerabilidades económicas.

Sentencia T-295 de 2024 elimina requisito de convivencia

A través de la sentencia T-295 de 2024, el alto tribunal estableció que Colpensiones no puede exigir como condición obligatoria la convivencia permanente bajo el mismo techo con el fallecido para reconocer este beneficio económico. La medida busca evitar que ciudadanos vulnerables sean excluidos por requisitos considerados desproporcionados y que no reflejan las realidades sociales contemporáneas.

El fallo se originó tras una acción de tutela presentada por la madre de un hombre diagnosticado con esquizofrenia, quien dependía económicamente de su padre. Tras el fallecimiento del proveedor, Colpensiones negó la pensión de sobreviviente argumentando que no residían en la misma vivienda, ignorando completamente la dependencia económica existente.

Nuevo enfoque centrado en dependencia económica

La Corte Constitucional concluyó que el requisito de convivencia permanente desconoce las realidades sociales, médicas y familiares de muchas personas, especialmente aquellas con limitaciones físicas o mentales que, por diversas razones válidas, no conviven con su proveedor económico principal.

Según el tribunal, la ausencia de convivencia no puede convertirse en un obstáculo automático para negar un derecho fundamental como la seguridad social. En consecuencia, la dependencia económica pasa a ser el factor principal para analizar las solicitudes de pensión de sobrevivientes.

Esta condición podrá demostrarse mediante distintos medios probatorios, entre los que se incluyen:

  • Declaraciones de testigos que certifiquen la relación de dependencia
  • Comprobantes de transferencias bancarias regulares
  • Facturas y recibos de gastos compartidos
  • Registros detallados de gastos médicos o de manutención
  • Documentos oficiales que evidencien apoyo económico continuo

Impacto en poblaciones vulnerables

Antes de esta sentencia histórica, Colpensiones podía rechazar solicitudes de pensión de sobrevivientes si no se comprobaba una convivencia continua con el fallecido. Esta práctica afectaba principalmente a:

  1. Personas con enfermedades mentales que requieren atención especializada
  2. Adultos mayores dependientes que viven en residencias o con otros familiares
  3. Ciudadanos con discapacidad física que necesitan ambientes adaptados
  4. Individuos que por razones laborales o educativas residen en diferentes localidades

Cambios operativos en Colpensiones

Como resultado de esta decisión judicial, Colpensiones deberá implementar cambios significativos en sus procedimientos internos. La entidad tendrá que:

  • Modificar sus manuales y protocolos de evaluación
  • Revisar expedientes anteriores que fueron rechazados por este motivo
  • Capacitar a todo su personal en los nuevos lineamientos constitucionales
  • Establecer mecanismos ágiles para la presentación de pruebas alternativas

Además, los solicitantes que fueron rechazados anteriormente por el requisito de convivencia podrán volver a presentar sus casos y solicitar una nueva evaluación bajo los parámetros establecidos por la Corte Constitucional.

Aplicación general del fallo

Aunque el fallo se originó en un caso particular relacionado con una persona con esquizofrenia, su aplicación es de carácter general para todo el sistema de seguridad social colombiano. Esto significa que todos los ciudadanos en situaciones similares de dependencia económica sin convivencia podrán beneficiarse de esta decisión progresista.

La sentencia representa un avance significativo en la protección de derechos fundamentales y reconoce la diversidad de configuraciones familiares y situaciones de dependencia en la sociedad colombiana contemporánea.