Cambio de pensión: Ministerio fija fecha límite del 16 de julio de 2026 para traslados
Fecha límite para cambio de pensión: 16 de julio de 2026

Cambio de pensión: Ministerio fija fecha límite del 16 de julio de 2026 para traslados

El sistema pensional colombiano ha abierto una ventana crucial para que miles de trabajadores reconsideren una de las decisiones más trascendentales de su vida laboral: el régimen en el cual desean pensionarse. El Ministerio de Trabajo confirmó oficialmente la fecha límite para realizar traslados entre los dos regímenes pensionales existentes, un proceso que podría alterar significativamente las condiciones bajo las cuales una persona recibirá su jubilación.

Plazo establecido por la reforma pensional

De acuerdo con la cartera laboral, los afiliados al sistema pensional disponen de plazo hasta el 16 de julio de 2026 para solicitar formalmente el cambio entre regímenes. Esta decisión se enmarca dentro de la denominada "oportunidad de traslado" prevista en la reforma pensional aprobada en 2024, específicamente en la Ley 2381 de ese año.

La fecha corresponde al plazo máximo de dos años contados desde la promulgación de dicha ley, que introdujo modificaciones sustanciales al sistema pensional colombiano. Aunque la reforma se encuentra actualmente bajo revisión por parte de la Corte Constitucional, el Gobierno Nacional ha aclarado que la posibilidad de traslado se mantiene vigente dentro de este periodo establecido.

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Los dos regímenes del sistema pensional colombiano

En Colombia, los trabajadores pueden cotizar en uno de dos esquemas pensionales fundamentales:

  • Régimen de Prima Media (RPM): Administrado por Colpensiones, donde las pensiones se financian mediante un sistema solidario y la mesada depende principalmente del salario y las semanas cotizadas.
  • Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS): Gestionado por fondos privados, donde la pensión depende directamente del capital acumulado durante toda la vida laboral del afiliado.

En condiciones normales, la legislación limita severamente los traslados entre regímenes cuando los afiliados se encuentran a menos de diez años de alcanzar la edad de pensión. Sin embargo, la reforma pensional abrió esta "ventana de oportunidad" específica para que ciertas personas que ya no podían cambiar de régimen revisen su situación actual y tomen una decisión diferente.

Requisitos para solicitar el cambio de régimen

La oportunidad de traslado no aplica automáticamente para todos los afiliados al sistema pensional. Según la normativa vigente, solamente podrán solicitar el cambio quienes cumplan con requisitos específicos relacionados con semanas cotizadas y proximidad a la edad de jubilación.

En términos generales:

  1. Las mujeres deben acreditar al menos 750 semanas cotizadas en el sistema.
  2. Los hombres deben demostrar 900 semanas cotizadas en el sistema.
  3. Ambos géneros deben estar a menos de diez años de cumplir la edad de pensión, que actualmente se establece en 57 años para mujeres y 62 años para hombres.

Este mecanismo busca específicamente que las personas que se encuentran cerca del retiro laboral puedan evaluar objetivamente si el régimen en el que están actualmente afiliadas les ofrece las mejores condiciones posibles para pensionarse.

Procedimiento obligatorio: la doble asesoría

Antes de realizar cualquier cambio de régimen, los afiliados deben cumplir con un requisito fundamental conocido como doble asesoría. Este procedimiento consiste en recibir orientación especializada tanto de Colpensiones como del fondo privado al que pertenece el trabajador, con el objetivo explícito de comparar detalladamente los beneficios, riesgos y condiciones de cada régimen pensional.

El propósito central de esta doble asesoría es garantizar que la decisión final se tome con información completa, precisa y actualizada sobre aspectos críticos como:

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  • Monto estimado de la pensión bajo cada régimen
  • Semanas requeridas para alcanzar la pensión
  • Condiciones específicas de cada sistema
  • Proyecciones financieras a largo plazo

Un plazo que ya está en marcha

La confirmación oficial del plazo por parte del Ministerio de Trabajo dejó absolutamente claro que el reloj ya está corriendo para quienes estén considerando seriamente cambiar de régimen pensional. El 16 de julio de 2026 será la fecha máxima e inamovible para radicar formalmente la solicitud de traslado, después de haber cumplido todos los requisitos establecidos.

Una vez vencido este término, quienes no hayan solicitado el cambio deberán permanecer indefinidamente en el régimen en el que están actualmente afiliados, salvo las excepciones muy específicas que eventualmente establezca la legislación futura.

Por esta razón fundamental, expertos en materia pensional recomiendan enfáticamente analizar con suficiente anticipación la historia laboral completa, las semanas efectivamente cotizadas y las proyecciones realistas de mesada antes de tomar cualquier decisión definitiva. La elección del régimen pensional puede definir las condiciones económicas de la jubilación durante décadas, afectando directamente la calidad de vida en la tercera edad.