Casos donde la mesada pensional prescribe: Ley establece plazos claros para reclamar
Mesada pensional: casos donde prescribe y cómo evitarlo

Estos son los casos donde la mesada pensional se prescribe: La ley es clara sobre cuándo se aplica

Existen situaciones específicas donde los jubilados pueden perder el derecho a recibir dinero correspondiente a mesadas pensionales no reclamadas a tiempo. El concepto de prescripción representa un mecanismo legal mediante el cual el transcurso del tiempo consolida situaciones de hecho, generando la extinción de la acción para reclamar, aunque no del derecho fundamental a la pensión en sí mismo.

Base legal y plazos establecidos

Bajo este marco jurídico, es crucial comprender una distinción fundamental: mientras el derecho a acceder a una pensión es imprescriptible, el dinero de las mesadas que no se reclama oportunamente sí tiene una fecha límite. Esta realidad encuentra su principal sustento en el Artículo 151 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

La norma citada establece una regla general precisa para las acciones derivadas de las leyes sociales: estas prescriben en un plazo de tres (3) años. Este período comienza a contarse desde el momento exacto en que la obligación de pago se torna "exigible" para el beneficiario.

¿Cuándo prescribe exactamente una mesada pensional?

En términos prácticos y aplicables a la vida real, esto significa que si una persona adquiere el derecho legal a recibir su pensión pero no realiza la reclamación formal correspondiente, la entidad administradora (ya sea el estado a través de Colpensiones o un fondo privado) solo está obligada a pagar retroactivamente las mesadas de los últimos tres años contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

Para ilustrar con un ejemplo concreto: si usted cumplió todos los requisitos para pensionarse en el año 2020, pero solo presenta la solicitud formal en 2025, bajo lo dispuesto en el Artículo 151, las mesadas correspondientes a los años 2020 y 2021 habrán prescrito completamente. En este escenario, usted únicamente podrá reclamar los pagos atrasados de los años 2022, 2023 y 2024.

Mecanismos para detener la prescripción de las mesadas

Para detener el "reloj" de los tres años y evitar la pérdida del derecho al cobro retroactivo, la persona interesada debe presentar una reclamación escrita formal ante la entidad correspondiente, ya sea Colpensiones para el régimen público o el fondo privado administrador en el régimen de ahorro individual.

Según la legislación vigente, la presentación de este reclamo interrumpe el cómputo del plazo de prescripción por un lapso igual al original, es decir, otros tres años adicionales. Si después de recibir respuesta de la entidad no se inicia una demanda judicial o no se materializa el pago efectivo, el conteo del tiempo recomenzará desde cero.

Casos especiales y excepciones contempladas

Existen situaciones particulares que merecen una evaluación más rigurosa y presentan normas específicas:

  • Militares y policías: Para estos servidores públicos existen disposiciones especiales, como las contenidas en el Decreto 1211 de 1990, que pueden extender el plazo de prescripción hasta cuatro años en determinadas circunstancias.
  • Menores de edad e incapaces: La prescripción generalmente no corre contra personas con discapacidad mental absoluta o menores de edad mientras no cuenten con un representante legal debidamente designado que pueda actuar en su nombre.
  • Personas en situación de vulnerabilidad: Casos donde el beneficiario enfrenta circunstancias extraordinarias que le impiden ejercer sus derechos pueden recibir consideraciones especiales en la aplicación de estos plazos.

Es fundamental que todos los potenciales beneficiarios y pensionados actuales conozcan estos plazos y procedimientos para proteger sus derechos económicos y asegurar el cobro íntegro de lo que legalmente les corresponde tras años de aportes al sistema de seguridad social colombiano.