Argentina delega gestión de peajes en rutas nacionales a provincias aliadas
El Gobierno de Argentina, liderado por el presidente Javier Milei, ha delegado formalmente en nueve provincias la facultad de otorgar concesiones de obra pública por peaje en tramos de rutas nacionales ubicados dentro de sus territorios. La medida fue oficializada este viernes mediante la publicación del Decreto 253/2026 en el Boletín Oficial, marcando un paso significativo en la descentralización de la gestión vial.
Provincias beneficiadas y contexto político
Las provincias que recibirán estas nuevas atribuciones son Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz. Se trata de distritos cuyos gobernadores mantienen vínculos políticos cercanos con el Ejecutivo Nacional y han sido claves en diversas votaciones legislativas del oficialismo.
Los mandatarios beneficiados son:
- Juan Pablo Valdés (Corrientes)
- Maximiliano Pullaro (Santa Fe)
- Martín Llaryora (Córdoba)
- Claudio Poggi (San Luis)
- Alfredo Cornejo (Mendoza)
- Alberto Weretilneck (Río Negro)
- Rolando Figueroa (Neuquén)
- Marcelo Orrego (San Juan)
- Claudio Vidal (Santa Cruz)
Alcance y limitaciones de la delegación
La norma establece que las provincias podrán asumir la administración, reparación, ampliación, conservación y mantenimiento de tramos viales federales. Sin embargo, esta delegación no implica la transferencia del dominio público ni de la jurisdicción federal sobre los tramos involucrados, manteniendo el Estado Nacional como propietario último de la infraestructura.
El decreto se fundamenta en el artículo 1° de la Ley N° 17.520, que faculta al Poder Ejecutivo a delegar sus competencias concesionales en las jurisdicciones que estime convenientes. La delegación tiene carácter funcional, limitado, temporal y revocable, permitiendo al gobierno central recuperar el control si las circunstancias lo requieren.
Procedimientos y requisitos para las provincias
Para ejercer las nuevas atribuciones, cada provincia deberá suscribir un convenio específico con la Dirección Nacional de Vialidad (DNV). Este acuerdo deberá incluir elementos fundamentales como:
- Identificación precisa de los tramos viales a gestionar
- Plazos de ejercicio de las facultades delegadas
- Régimen de supervisión y auditoría aplicable
- Obligación de mantener indemne al Estado Nacional ante cualquier reclamo
Adicionalmente, los convenios deberán contener:
- El plan de obras detallado y su cronograma de ejecución
- Justificación técnica de las intervenciones propuestas
- Fuentes de financiamiento identificadas
- Detalle del peaje máximo aplicable y plazo de concesión proyectado
Proceso de aprobación y plazos críticos
La DNV evaluará la viabilidad técnica y económica de cada propuesta provincial antes de otorgar su aprobación. Una vez que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía apruebe el convenio correspondiente, la provincia tendrá un plazo máximo de un año para iniciar el procedimiento de selección de concesionarios.
Tras la adjudicación del contrato, dispondrá de 90 días hábiles para suscribir formalmente el acuerdo y otorgar la posesión a la empresa concesionaria seleccionada. Si la provincia no convoca el proceso dentro del plazo establecido, la delegación sobre ese tramo decaerá automáticamente.
Restricciones en el uso de fondos y supervisión
El artículo 7° del decreto establece una limitación importante: los fondos recaudados por peaje solo podrán destinarse a la construcción o conservación del mismo tramo concesionado. No podrán utilizarse en obras de otros segmentos viales, incluso cuando exista vinculación física o técnica entre ellos.
La supervisión y auditoría de los contratos de concesión quedará exclusivamente bajo la órbita de la DNV, designada como autoridad de aplicación en materia de contratos de concesiones viales. Este organismo deberá velar por el cumplimiento de las condiciones establecidas para las facultades delegadas.
Mecanismos de control y posibles extensiones
El decreto prevé que, si razones de interés público lo exigen, el Estado Nacional podrá retomar la gestión de cualquier tramo. En tal caso, la autoridad de aplicación notificará a la provincia correspondiente para que finalice la relación contractual con el concesionario o coordine su transferencia a la administración federal.
Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que no figuran en el decreto original podrán solicitar facultades similares ante el Ministerio del Interior, que evaluará cada caso según los criterios establecidos en la norma.
Esta iniciativa se encuadra en los lineamientos de la Ley de Bases N° 27.742, que promueve la reorganización y optimización del sector público y la articulación entre la Nación y las jurisdicciones locales para una gestión más eficiente de la infraestructura vial nacional.



