Restricciones de Pico y Placa en Cartagena para el 25 de Febrero de 2026: Dígitos y Horarios
Pico y Placa Cartagena 25 Feb 2026: Restricciones y Excepciones

Restricciones de Pico y Placa en Cartagena para el 25 de Febrero de 2026

El sistema de pico y placa en Cartagena continúa implementándose como una medida clave para mejorar el flujo vehicular y reducir la congestión en las principales vías de la ciudad. Este 25 de febrero de 2026, las restricciones aplicarán según el último dígito de la placa de cada vehículo, con variaciones específicas para diferentes tipos de transporte.

Restricciones para Vehículos Particulares

Los automóviles particulares con placas que terminen en los dígitos 9 y 0 tendrán prohibición de circulación durante dos franjas horarias: de 7:00 a.m. a 9:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 8:00 p.m. Esta medida busca aliviar el tráfico en las horas pico matutinas y vespertinas.

Restricciones para Motocicletas

Para las motocicletas, los dígitos restringidos son los mismos 9 y 0, pero con un horario más extenso: de 5:00 a.m. a 11:00 p.m. Se exceptúan aquellas motocicletas que cuenten con permisos especiales debidamente autorizados.

Restricciones para Taxis

El servicio de taxis enfrenta restricciones diferentes, con dígitos 1 y 2 prohibidos para circular durante un período continuo: desde las 6:00 a.m. del 25 de febrero hasta las 6:00 a.m. del 26 de febrero. Esta normativa aplica en todas las vías urbanas de Cartagena.

Excepciones al Pico y Placa en Cartagena

Un amplio listado de vehículos está exento de las restricciones del pico y placa, incluyendo:

  1. Vehículos con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular vigente.
  2. Vehículos eléctricos o de cero emisiones contaminantes registrados como tales.
  3. Caravanas presidenciales y vehículos del servicio diplomático o consular.
  4. Vehículos de organismos de seguridad del Estado: Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional, Inpec, CTI y Policía Judicial.
  5. Vehículos asignados al gobernador de Bolívar y al alcalde de Cartagena.
  6. Vehículos de autoridades locales, departamentales y judiciales con jurisdicción en la ciudad.
  7. Vehículos de senadores, representantes, concejales, diputados y miembros de Juntas Administradoras Locales.
  8. Vehículos de organismos de control: Procuraduría, Contraloría, Defensoría del Pueblo y Personería Distrital.
  9. Vehículos fúnebres y de emergencia debidamente identificados.
  10. Vehículos de atención médica personalizada, domiciliaria y de diagnóstico.
  11. Vehículos para rescate de órganos y tejidos destinados a trasplantes.
  12. Vehículos al servicio de personas con discapacidad permanente.
  13. Vehículos de empresas de servicios públicos para mantenimiento de redes.
  14. Vehículos tecnológicamente equipados para mantenimiento de servicios esenciales.
  15. Vehículos de control de tráfico, grúas y transporte de residuos hospitalarios.
  16. Vehículos de control ambiental de EPA y Cardique.
  17. Vehículos blindados registrados y autorizados.
  18. Vehículos de escolta, vigilancia y seguridad privada autorizados.
  19. Vehículos de medios de comunicación.
  20. Vehículos de empresas turísticas y escolares de instituciones educativas.
  21. Vehículos de médicos en ejercicio de sus funciones.
  22. Vehículos de distribución de medicamentos, alimentos perecederos y valores.
  23. Vehículos para enseñanza automovilística.
  24. Cualquier otro caso autorizado temporalmente por el DATT.

Consecuencias por Incumplimiento

No respetar las restricciones del pico y placa en Cartagena puede acarrear sanciones significativas:

  • Multas económicas equivalentes a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.
  • Inmovilización del vehículo en casos determinados por las autoridades de tránsito.

Consejos para Evitar Sanciones

Para contribuir a una mejor movilidad y evitar penalizaciones, se recomienda:

  • Planificar rutas con antelación, especialmente si tu vehículo tiene dígitos restringidos.
  • Considerar transporte alternativo o compartido durante los horarios de restricción.
  • Mantenerse informado diariamente sobre las restricciones vigentes en Cartagena.

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) supervisa la implementación de estas medidas, que buscan equilibrar la movilidad urbana con la reducción de congestiones en una de las ciudades más importantes del Caribe colombiano.