La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al representante a la Cámara por Boyacá, Pedro José Suárez Vacca, a cinco años y ocho meses de prisión por el delito de prevaricato por acción agravada en modalidad de delito continuado. Además, deberá pagar una multa de poco más de 99 salarios mínimos y fue inhabilitado para ejercer funciones públicas durante nueve años y dos meses.
Hechos que originaron la condena
La condena se deriva de actuaciones entre 2008 y 2009, cuando Suárez, entonces miembro del Pacto Histórico, se desempeñaba como Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja. La Corte determinó que otorgó de manera irregular el beneficio de prisión domiciliaria a Lelio Nevardo Ávila Santana, condenado por secuestro y tráfico de estupefacientes, pese a que la ley prohibía ese beneficio.
Decisiones contrarias a la ley
La Sala concluyó que las decisiones del entonces juez fueron abiertamente contrarias a la ley, pues desconocieron prohibiciones expresas y precedentes obligatorios de la Corte Constitucional. Asimismo, le negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria al considerar que se trataba de un delito intencional y consciente contra la administración pública.
Relación personal con el condenado
La sentencia también evidenció que Suárez mantuvo una relación personal ajena al proceso con Lelio Ávila. Entre las pruebas, la Corte destacó que el entonces juez asistió a un almuerzo en la casa del condenado, hecho que él mismo reconoció durante el proceso.
Además, el fallo se sustentó en una carta manuscrita cuya autoría fue confirmada mediante pruebas forenses y aceptada por el propio representante, en la que le aconsejaba al condenado actuar con cautela y le proponía reunirse personalmente. La Corte también dio credibilidad al testimonio de un intermediario que transmitía mensajes entre ambos.
Medidas de reparación y captura
Como reparación simbólica, la Corte ordenó que el congresista presente excusas públicas por escrito a la Rama Judicial, al Estado y a la sociedad, además de publicar un resumen de la sentencia en un medio de circulación nacional. La orden de captura se emitirá una vez que el fallo quede en firme.
Detalles de la sentencia
Los magistrados que profirieron la sentencia fueron Blanca Barreto Ardila, magistrada ponente, Jorge Caldas Vera y Ariel Torres Rojas, quien salvó su voto respecto al incremento de la pena.



