Consejo de Estado respalda votación del Senado que hundió consulta popular de Petro
Consejo de Estado respalda votación que hundió consulta de Petro

Consejo de Estado respalda decisión del Senado sobre consulta popular

El Consejo de Estado acaba de emitir un fallo crucial sobre una demanda que buscaba anular la votación del Senado realizada en mayo del año pasado, donde se hundió la propuesta del gobierno de Gustavo Petro para convocar a una consulta popular. Esta consulta tenía como objetivo aprobar reformas que no habían logrado pasar en el Congreso de la República.

En ese momento, desde el gobierno se alegó que algunos votos habían sido modificados, lo que habría impedido el avance de las iniciativas. Sin embargo, tras una revisión exhaustiva, el alto tribunal dio la razón al Legislativo, confirmando la validez del proceso.

Detalles de la demanda y la decisión

Los demandantes solicitaron que la cámara alta repitiera la votación, la cual había quedado con 49 votos por el "NO" y 47 por el "Sí" respecto a la realización de una consulta popular. La Sección Quinta del Consejo de Estado negó esta petición, argumentando que no se logró probar ninguna modificación en los votos, como se había alegado inicialmente.

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Específicamente, se señalaba que el voto del senador Edgar Díaz había sido alterado por el secretario, pero el tribunal encontró que la votación cumplió con todos los requisitos legales, incluyendo el tiempo de votación y el quórum registrado ese día en la sesión.

"En consecuencia, la Sala mantuvo la validez del acto mediante el cual el Senado de la República negó el concepto previo favorable a la consulta popular de carácter nacional y se negaron todas las pretensiones de las demandas", se lee en la decisión oficial.

Análisis de las irregularidades alegadas

Aunque los demandantes resaltaron que había menos votos que senadores asistentes ese día, el alto tribunal explicó que esta discrepancia se debió a que uno de los senadores se registró como presente pero no emitió su voto. En las pruebas presentadas por el Senado, se observó al senador Richard Humberto Fuelantala Delgado registrándose en la votación, pero abandonando la reunión congresional poco después.

Por otro lado, se hizo referencia al caso de la senadora Martha Peralta, del Pacto Histórico, quien estuvo presente en la sesión pero se retiró del salón antes del inicio de la votación. La Sección Quinta señaló que "no resulta cierto que dicha senadora no haya podido ejercer su derecho al voto, en tanto lo probado en el proceso es que estuvo presente en la sesión en comento, pero al momento de la votación no se encontraba en el recinto".

Esto llevó a concluir que, por su propia voluntad, no participó en el proceso, descartando así cualquier irregularidad en su ausencia.

Conclusión del alto tribunal

El Consejo de Estado concluyó que, aunque los demandantes alegaron múltiples irregularidades procedimentales, ninguna de ellas fue probada de manera fehaciente. "Tras analizar las pruebas, esta Sala de lo Electoral concluyó que ninguno de los cargos prosperó", estableciendo que la diferencia entre senadores presentes y votos depositados obedeció al retiro voluntario de uno de ellos, y que no hubo modificación del voto del senador Díaz Contreras.

Además, se confirmó que la solicitud de concepto previo no constituía una proposición, y que la votación cumplió con los principios de publicidad y conocimiento, entre otros aspectos legales. Este fallo refuerza la legitimidad del proceso legislativo y cierra un capítulo en el debate sobre las reformas impulsadas por el gobierno de Gustavo Petro.

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