La Procuraduría General de la Nación sancionó en primera instancia al exdirector regional del SENA Santander, Orlando Ariza Ariza, con destitución e inhabilidad general por 13 años, tras hallarlo responsable de un incremento patrimonial injustificado durante las vigencias 2020 y 2021.
Incremento patrimonial no justificado
La decisión cobra relevancia porque el organismo de control concluyó que el exfuncionario no logró acreditar el origen de recursos que incrementaron su patrimonio en más de $744 millones. De acuerdo con la Procuraduría, la investigación permitió establecer que Ariza aumentó su patrimonio en $744,681 millones durante el periodo analizado, sin que existiera una justificación suficiente sobre la procedencia de esos recursos.
El fallo señala que, aunque durante el proceso disciplinario la defensa presentó documentos y testimonios relacionados con las actividades económicas privadas del exfuncionario, estos elementos no fueron suficientes para desvirtuar las inconsistencias patrimoniales detectadas por el ente de control.
Pruebas insuficientes
La Procuraduría indicó que las pruebas recaudadas durante la investigación evidenciaron un aumento patrimonial que no pudo ser explicado de manera satisfactoria dentro del proceso disciplinario. En ese sentido, concluyó que el exdirector regional del SENA Santander no acreditó el origen de los recursos incorporados a su patrimonio durante las vigencias 2020 y 2021.
Según la decisión, la defensa aportó diferentes documentos y testimonios relacionados con actividades económicas privadas desarrolladas por Orlando Ariza. Sin embargo, el organismo disciplinario determinó que dichas pruebas no lograron justificar las diferencias patrimoniales identificadas durante la investigación, razón por la cual mantuvo los hallazgos que dieron origen a la sanción impuesta en primera instancia.
Falta gravísima cometida con dolo
En el fallo, la Procuraduría Regional de Juzgamiento de Santander calificó la conducta como una falta gravísima cometida a título de dolo. Con esa determinación, el organismo concluyó que el comportamiento del exfuncionario reunía los elementos suficientes para imponer la máxima sanción disciplinaria contemplada en este proceso, consistente en la destitución del cargo e inhabilidad por 13 años para ejercer funciones públicas.
La decisión corresponde a un fallo de primera instancia emitido por la autoridad disciplinaria competente, dentro del proceso adelantado por el incremento patrimonial detectado durante 2020 y 2021. La Procuraduría informó que la responsabilidad disciplinaria se sustentó en las conclusiones obtenidas durante el análisis de la evolución patrimonial del entonces director regional del SENA en Santander.
Deber de transparencia de los servidores públicos
Al explicar el alcance de la decisión, la Procuraduría recordó que los servidores públicos tienen el deber de explicar el origen de sus bienes y rentas. Para el organismo de control, esta obligación constituye una garantía esencial para fortalecer la transparencia, la integridad y la confianza ciudadana en la administración pública.
Con este fallo, el ente de control reiteró la importancia de que quienes ejercen funciones públicas puedan demostrar la procedencia de los recursos que conforman su patrimonio. En este caso, concluyó que las explicaciones no fueron suficientes para justificar el incremento patrimonial identificado, lo que dio lugar a la sanción de destitución e inhabilidad general por 13 años impuesta al exdirector regional del SENA Santander.



