Corte IDH condena a Perú por esterilización forzada y muerte de Celia Ramos en 1997
Perú condenado por esterilización forzada de Celia Ramos en 1997

Corte Interamericana responsabiliza a Perú por esterilización forzada y muerte de mujer en 1997

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió este jueves 5 de marzo una sentencia histórica contra el Estado peruano, declarándolo responsable por la esterilización forzada y la posterior muerte de Celia Ramos Durand en 1997. Este caso representa el primer proceso por esterilización forzada de Perú ante el tribunal interamericano y establece un precedente fundamental al reconocer que estas prácticas constituyen violencia reproductiva.

El contexto del Programa Nacional de Salud Reproductiva

La tragedia de Celia Ramos se enmarca dentro de la implementación del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar, ejecutado entre 1996 y 2000 durante el régimen de Alberto Fujimori. Este programa promovió agresivamente esterilizaciones como ligaduras de trompas y vasectomías, que según denuncias de organizaciones sociales, se utilizaron como el principal y único método anticonceptivo, especialmente contra mujeres indígenas y en situación de pobreza.

La Corte documentó que el programa resultó en más de 314.000 esterilizaciones de mujeres y 24.000 de hombres, muchas realizadas bajo coacción y sin consentimiento válido. El tribunal concluyó que esta política se aplicó mediante presiones ejercidas por funcionarios públicos que recibían incentivos por captar mujeres, y que fue organizada y dirigida desde los más altos niveles del Estado.

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La historia de Celia Ramos Durand

Celia Ramos era una mujer de 34 años, madre de tres niñas, dedicada principalmente al cuidado de su familia. Según la sentencia de la Corte IDH, "fue presionada por personal de salud para someterse a una ligadura de trompas" el 3 de julio de 1997 en un puesto de salud del Caserío La Legua, que había sido acondicionado provisionalmente como sala de operaciones sin contar con los equipos ni medicamentos necesarios.

Las condiciones insalubres del procedimiento provocaron una reacción alérgica severa en Ramos. Fue trasladada primero a una sala de recuperación con recursos limitados y, aproximadamente 30 minutos después, a la Unidad de Cuidados Intensivos de la Clínica San Miguel de Piura, donde permaneció hospitalizada 19 días hasta su fallecimiento el 22 de julio.

Durante este proceso, su familia no recibió información clara sobre las complicaciones médicas y no se realizó necropsia alguna. Aunque el esposo de Ramos denunció al personal médico, la Fiscalía archivó el caso al considerarlo un hecho fortuito, tras una conciliación extrajudicial.

Una sentencia histórica después de casi tres décadas

El caso llegó a la Corte IDH en mayo del año pasado y se convirtió en el primer proceso por esterilización forzada de Perú ante este tribunal internacional. Casi tres décadas después de los hechos, no se había emitido ninguna condena hasta esta decisión histórica.

La Corte declaró responsable al Estado peruano por violaciones a múltiples derechos de Celia Ramos:

  • Derecho a la vida
  • Integridad personal
  • Libertad personal
  • Vida privada
  • Acceso a la información
  • Protección de la familia
  • Igualdad ante la ley
  • Derecho a la salud

La decisión también consideró la demora injustificada en la investigación de los hechos y determinó que las tres hijas de Ramos, que eran niñas cuando ocurrieron los eventos, sufrieron afectaciones como consecuencia de la esterilización forzada, la muerte de su madre y los años de impunidad.

Repercusiones y significado jurídico

Las organizaciones que llevaron el caso ante el sistema interamericano —Demus, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional y el Centro de Derechos Reproductivos— calificaron la decisión como un "verdadero acto de justicia y reparación", no solamente para Celia Ramos y su familia, sino también para miles de mujeres en Perú.

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Catalina Martínez Coral, vicepresidenta para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos, destacó la importancia de este litigio para abrir la discusión sobre las violencias reproductivas como una categoría distinta de la violencia sexual. Martínez señaló que, aunque en el derecho penal internacional la esterilización forzada suele asociarse a contextos de represión masiva, el elemento determinante debería ser la ausencia de consentimiento, sin importar la escala o el contexto político.

"Sabemos que una Corte de Derechos Humanos no tiene competencia para declarar crímenes de lesa humanidad, pero sí puede incorporar ese marco jurídico para afirmar que se trata de violaciones graves de derechos humanos que, bajo los estándares internacionales, son imprescriptibles", comentó Martínez a medios de comunicación.

Esta sentencia marca un punto de inflexión en la búsqueda de justicia para las miles de víctimas del programa de esterilizaciones forzadas en Perú y establece estándares importantes para la protección de los derechos reproductivos en la región.