Corte Constitucional evalúa suspender artículo que habilita contratación directa del Gobierno
La Corte Constitucional de Colombia ha iniciado un análisis jurídico exhaustivo para determinar si suspende los efectos del artículo 12 del Decreto 175, emitido el 24 de febrero de 2026. Este decreto establece medidas extraordinarias para financiar y aliviar pasivos del sector agropecuario, con el objetivo de mitigar los efectos de la crisis climática en ocho departamentos del país.
El núcleo de la controversia: facultades excepcionales de contratación
El artículo bajo escrutinio, denominado "Medidas excepcionales de contratación", otorga al Ejecutivo la facultad de realizar contrataciones directas para la adquisición de bienes, servicios y logística necesarios para atender la emergencia invernal. La evaluación ocurre poco después de que el alto tribunal notificara la anulación de la emergencia económica decretada en diciembre de 2025, al considerar que no existían hechos sobrevinientes que la justificaran.
Según una investigación de la Unidad Investigativa de El Tiempo, la ponencia que circula entre los magistrados presenta observaciones críticas:
- El texto no especifica un listado de entidades públicas autorizadas para emplear este mecanismo excepcional.
- La norma permitiría que los contratos suscritos no tengan un límite definido en cuanto a sus adiciones presupuestales o temporales.
Argumentos enfrentados: Gobierno versus ponencia de la Corte
La Secretaría Jurídica de la Presidencia defendió ante el tribunal la legalidad y necesidad del decreto. El Gobierno sostiene que la posibilidad de adicionar contratos es indispensable para evitar retrasos en la entrega de ayudas críticas, argumentando que los procesos ordinarios de contratación habrían agravado la situación de miles de familias productoras afectadas por el invierno.
No obstante, la ponencia liderada por la magistrada Paola Andrea Meneses plantea una visión diametralmente opuesta. El documento sugiere que las necesidades podrían ser atendidas con la infraestructura administrativa existente y las entidades estatales ya operativas, bajo los marcos legales ordinarios. La ponencia advierte que mantener vigente el artículo 12 podría generar riesgos considerables para el patrimonio público.
Próximos pasos y expectativas en el alto tribunal
En los próximos días, la Sala Plena de la Corte Constitucional procederá a debatir y votar los argumentos expuestos en la ponencia. El tribunal deberá definir técnicamente:
- El vínculo legal entre la crisis económica invocada y la necesidad de omitir procedimientos de licitación.
- Las razones para ignorar las prohibiciones y porcentajes de adición de contratos establecidos en la ley vigente.
Aunque la emergencia de diciembre fue anulada con una votación de 6 a 2, fuentes jurídicas indican que respecto a la emergencia invernal de febrero se espera un debate más dividido dentro del alto tribunal. El análisis también incluirá la revisión de las medidas ordinarias disponibles para determinar por qué el Gobierno las consideró insuficientes para manejar la situación en las regiones afectadas.
Los departamentos beneficiarios por el decreto son: Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. La decisión final de la Corte podría sentar un precedente significativo para la suspensión de otras medidas vinculadas a la misma declaratoria de emergencia.



