Tribunal de Cartagena absuelve a dos investigados en caso de estafa masiva de edificios
Absuelven a dos investigados en caso de estafa masiva de edificios

Absolución en caso de estafa masiva de edificios en Cartagena

En un fallo de segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena ha confirmado la absolución de Delis del Carmen Quiroz Ruiz y Luis Alfredo Rodríguez Cárdenas, quienes enfrentaban investigaciones por el delito de estafa en modalidad de masa. Este caso judicial involucraba los proyectos inmobiliarios conocidos como Brisas de la Castellana, Portal de los Alpes, Brisas de San Antonio y Brisas de Chipre, todos ubicados en la ciudad de Cartagena.

Confirmación del fallo de primera instancia

La decisión judicial ratifica completamente el veredicto emitido inicialmente en el año 2024 por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Cartagena. Además de la absolución, ese fallo original había decretado la prescripción de otros delitos relacionados, incluyendo la obtención de documento público falso, urbanización ilegal, fraude procesal y uso de documento público falso. La Sala Penal ha sido enfática al señalar que la Fiscalía General de la Nación no logró demostrar la responsabilidad penal de los investigados en el delito de estafa masiva.

Irregularidades en el proceso acusatorio

El tribunal superior no solo absolvió a los acusados, sino que también advirtió sobre presuntas irregularidades cometidas por el ente acusador durante el desarrollo del proceso judicial. Como consecuencia de estas observaciones, la Sala Penal ha compulsado copias completas del caso a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar, para que esta instancia realice las investigaciones pertinentes sobre la conducta de los funcionarios involucrados. Es importante destacar que contra esta decisión de segunda instancia solo procede el recurso extraordinario de casación.

Falta de pruebas contundentes

En su argumentación jurídica, el Tribunal Superior de Cartagena explicó detalladamente las razones de la absolución. El fallo señala que ni los folios de matrícula ni los contratos de compraventa asociados a las edificaciones fueron formalmente decretados como pruebas dentro del proceso, lo que imposibilitó valorar adecuadamente el contenido de estos elementos probatorios. Tras realizar un análisis exhaustivo de las pruebas que la Fiscalía incorporó de manera regular, los magistrados solo pudieron comprobar parcialmente los hechos: que mediante licencias de construcción falsas se protocolizaron escrituras públicas relacionadas con las edificaciones.

Sin embargo, el fallo es claro al establecer que no se logró demostrar que, mediante la exhibición previa de licencias de construcción presuntamente emitidas, la información consignada en los folios de matrícula inmobiliaria, la publicidad en las edificaciones y la estructura de los apartamentos, los acusados hubieran logrado vender las propiedades a un grupo específico de personas. La sentencia afirma textualmente: "No es posible deducir más allá de toda duda que un grupo de personas fue inducido en engaño, si ni siquiera hay pruebas que, regular y oportunamente, acrediten que aquellas procedieron a celebrar los negocios jurídicos".

Antecedentes del caso Quiroz en Cartagena

Este proceso judicial tiene sus raíces en los trágicos eventos de 2017, cuando el edificio Portales de Blas de Lezo II se desplomó durante su fase de construcción, resultando en la muerte de 21 personas. Las investigaciones posteriores determinaron que la obra se desarrollaba sin cumplir los requisitos legales necesarios, y que otras edificaciones en la ciudad se encontraban en situaciones similares de irregularidad.

Como consecuencia de estas investigaciones, varios miembros de la familia Quiroz fueron procesados judicialmente por su participación en la construcción de edificios en diferentes barrios de Cartagena, los cuales posteriormente tuvieron que ser desalojados por las familias que ya los habitaban. En 2024, Wilfran Quiroz, Eusebio Quiroz, Emis Quiroz, María de las Nieves Quiroz y Reynaldo Camargo recibieron condenas de 11 años de prisión domiciliaria por delitos de uso de documento falso, fraude procesal y estafa en modalidad de masa.

El caso actual representa un capítulo diferenciado dentro de este complejo entramado judicial, donde la falta de pruebas contundentes ha llevado a la absolución de dos de los investigados, mientras se mantienen las condenas para otros implicados en los mismos proyectos inmobiliarios irregulares.