Condenan a Representante del Atlántico por acto sexual violento con pena de 102 meses
Condenan a congresista del Atlántico por acto sexual violento

Condena histórica contra congresista del Atlántico por violencia sexual

En un fallo judicial de gran repercusión política, la Sala Especial de Primera Instancia emitió este martes 10 de marzo de 2026 la sentencia condenatoria en el proceso penal contra Modesto Enrique Aguilera Vides, Representante a la Cámara por el departamento del Atlántico del Partido Cambio Radical.

Los hechos que llevaron a la condena

Según la resolución de acusación, entre finales de octubre y principios de noviembre de 2020, Guisella del Carmen Mejía Viana, entonces mayor de edad, fue invitada por su primo Jonathan Torregrosa y la novia de éste, María Fernanda Jiménez, a lo que presentaron como una reunión política de jóvenes organizada por el congresista Aguilera Vides.

El 8 de marzo de 2022, a través de apoderado, Mejía Viana presentó denuncia formal ante la Sala Especial de Instrucción. La Corporación asumió competencia el 1 de abril siguiente, iniciando investigación previa que incluyó versión libre del aforado, y abrió formal instrucción el 19 de octubre de 2023.

Detalles de la sentencia condenatoria

La Sala Especial de Primera Instancia estableció en su fallo:

  1. Condena como autor del delito de acto sexual violento contra Modesto Enrique Aguilera Vides.
  2. Pena de prisión de 102 meses y pena accesoria de inhabilitación para ejercicio de derechos y funciones públicas por igual período.
  3. Negación de suspensión condicional de ejecución de pena y prisión domiciliaria, con orden de captura una vez firme la decisión.
  4. Indemnización por perjuicios morales equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes para 2020, indexados al momento de liquidación.
  5. Pago adicional del 5% del total de la condena por perjuicios morales por concepto de agencias en derecho.

Implicaciones procesales y judiciales

El fallo establece que se compulsarán copias a la Fiscalía General de la Nación para investigar posible responsabilidad penal de Jonathan Enrique Torregrosa Viana. Además, precisa que contra esta sentencia procede el recurso de apelación en efecto suspensivo ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Esta decisión judicial marca un precedente significativo en casos de violencia sexual que involucran a funcionarios públicos con fuero constitucional, demostrando que ninguna investidura protege ante delitos graves contra la integridad y dignidad de las personas.